Alistan denuncia contra cuatro exfuncionarios de municipalidad Gregorio Albarracín
Alistan denuncia contra cuatro exfuncionarios de municipalidad Gregorio Albarracín

El procurador público municipal de Gregorio Albarracín, Amador Mattos Neyra, denunciará a cuatro exfuncionarios que habrían cometido el delito de aprovechamiento indebido del cargo en la obra Construcción de veredas y bermas en la Asociación de Vivienda Javier Noriega en el periodo del 1 de octubre del 2012 al 30 de abril del 2013.

Las acciones legales que iniciará la Procuraduría Pública Municipal fueron autorizadas por el pleno del Concejo Municipal en la sesión realizada el día 10 de diciembre por recomendación de la Contraloría General de la República.

Según el Informe Especial N° 003-2014-25323 del organismo de control se advierte que los cuatro exfuncionarios habrían favorecido indebidamente al postor de la obra Consorcio Vial Noriega en el proceso de selección para la ejecución de la obra con un presupuesto de S/. 1´ 082,723.23.

Asimismo indica que la propuesta técnica presentada por el postor “no reunía los requerimientos técnicos mínimos establecidos en las bases”; sin embargo, este accedió a la etapa de evaluación de propuestas donde presuntamente fue favorecido con el otorgamiento de la buena pro y posterior contrato.

Los involucrados en este caso son Emilio Luis Bilbao Málaga, exmiembro suplente del Comité Especial Permanente, quien habría calificado con dos puntos a un licenciado en administración para el cargo de gerente de obra, profesional distinto al requerido en las bases administrativas integradas (ingeniero civil); Darío Valencia Candia, exmiembro titular del Comité Especial Permanente que condujo al proceso de Adjudicación Directa Pública N° 005-2012-MDCGAL (primera convocatoria). Asimismo, figuran Carlos Fidel Vargas Paria, exmiembro titular del Comité Especial Permanente y José Luis Ticona Llangato, expresidente titular del Comité Especial Permanente quienes presuntamente también admitieron la propuesta técnica sin que el postor acredite el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.

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