Juez absuelve a exmiembros de banda
Juez absuelve a exmiembros de banda

El juez Edgar Izquierdo Ruiz del Tercer Juzgado Unipersonal de , absolvió a tres exmiembros de la banda del “Sordo vite”, de los delitos de asociación ilícita para delinquir, microcomercialización de drogas y tenencia ilegal de armas y municiones.

Solo se condenó a Jhony Santiago Dioses Estrada a seis años de cárcel por el delito de tenencia ilegal de municiones.

Los demás quedaron libres de “polvo y paja” pese a los medios de prueba que sustentó la Procuraduría de Tráfico Ilícito de Drogas y el Ministerio Público.

PROCESO. Como se sabe, el 6 de agosto del 2013, a las 11.00 am, tras una ardua labor de personal de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú (PNP), se intervino a un auto color blanco marca Tucson Hyundai de placa N°M2N-627.

En dicha intervención se detuvo a Félix Oswaldo Clavijo Melgar (Sordo Vite), José Armando Yñoñan Dioses, Jhony Santiago Dioses Estrada, conductor del vehículo y a Hugo Antonio Izquierdo Dioses.

Al lugar llegó la fiscal de turno Wendy Cueva y se halló dos armas de fuego calibre 22, quince municiones en el piso del vehículo y dentro de una bolsa plástica color negro. Además 68 envoltorios de papel rayado que contenía Pasta Básica de Cocaína (PBC).

INVESTIGACIÓN. Tras la intervención, se inició una investigación fiscal contra los involucrados. Además en el transcurso del proceso el Ministerio Público determinó que los imputados formarían parte de una banda organizada y jerarquica en la provincia de Zarumilla.

Asimismo, durante el proceso, el fiscal Mario Ortíz Nishihara solicitó quince y catorce años para los imputados.

Esto debido a los antecedentes penales que pesaban sobre cada uno de los intervenidos. El magistrado pidió para José Armando Iñoñan, cinco años por tráfico ilícito de drogas, cinco por asociación ilícita para delinquir y cinco por tenencia ilegal de armas y municiones.

Para Hugo Santiago Izquierdo, solicitó catorce años en total, ocho por tenencia ilegal de armas, tres por microcomercialización de drogas y tres por asociación ilícita para delinquir. En el caso de Jhony Santiago Dioses Estrada pidió también catorce años de pena, ocho años por tenencia ilegal de armas y municiones, tres por asociación ilícita para delinquir y tres por microcomercialización de drogas.

EXÁMENES. Vale precisar que en el informe preliminar N°057-2013 de la PNP realizado a las armas de fuego se determina que estas si estaban operativas, sin embargo cuando se lleva a cabo el examen pericial en la ciudad de Chiclayo, los resultados de las armas determinan que estas no se encontraban en buen estado de funcionamiento.

Ante esto, la Fiscalía dispone que se realicen nuevo examen en la División de Investigación Criminal (Divincri) de Lima a efectos de tener un último resultado, dado que los dos primeros se contradecían. Empero, la defensa de los ex miembros de la banda presentó una tutela de derecho, la misma que fue estimada por el Juzgado. 

En tal sentido, la Procuraduría apela dentro del plazo legal la resolución del juez pero el representante del Ministerio Público no lo hizo.

DESESTIMIENTO.  Posteriormente en el transcurso del proceso, durante una audiencia, el representante de la Fiscalía desistió del órgano de prueba del perito balístico por la inconcurrencia de este a las videoconferencias.

Esto, con el objeto de que no se excarcele a los involucrados, dado que la fecha de término de la prisión preventiva de Iñoñan se acercaba. (17 de febrero 2015). 

Sin embargo hay que precisar que era necesario que se expongan las conclusiones del dictamen pericial.

Aparte de ello, se habría favorecido a José Armando Iñoñan dado que el juez a cargo reprogramó en tres ocasiones la audiencia pese a que el periodo de prisión estaba por culminar.

Vale resaltar que el perito balístico tampoco se presentó en las audiencias a exponer el informe, lo que hizo que se dilate el proceso y se favorezca a este último.

Además el Ministerio Público había solicitado una ampliación dE prisión preventiva, sin embargo durante las constantes reprogramaciones, el juzgado no dispuso fecha para el 18 de febrero, pero Iñoñan salió el 17, por lo que no se instaló la audiencia.

Por todo esto, finalmente se libró de toda culpa a los involucrados pese a la droga, armas y municiones halladas en la intervención del seis de agosto del 2013. 

Solo se condenó a uno de ellos por el delito de tenencia ilegal de municiones.

BANDA. Lo extraño es que se conoce por fuentes de la Fiscalía y la PNP, que estos personajes sí formaron parte de la banda criminal del “Sordo Vite”. Pero finalmente fueron absueltos de todo delito.

Como se sabe en Tumbes se instaló desde diciembre del 2014 la Fiscalía de Crimen Organizado, sin embargo no se ha procesado a ninguno de los involucrados en este caso, por este delito. 

Conversamos con el fiscal Melvin Ludeñas Ocaña, quien está a cargo de esta Fiscalía y precisó que existen varios casos en autos, que vienen depurándose.

Precisó que para que un caso sea calificado para Crimen Organizado, debe cumplir ciertos parámetros.

Añadió que han empezado de cero a diferencia de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios.

“Nos han enviado varios casos, pero hay que resaltar que debemos determinar cuales ameritan un proceso por crimen organizado”, remarcó.

Añadió que más de tres personas que integran un grupo organizado y jerárquico son características de este delito. 

Señaló que se viene trabajando con la PNP dado que se están identificando posibles involucrados. “Realizamos trabajos de seguimiento y coordinamos planes operativos, Crimen Organizado trabaja siempre con inteligencia para desbaratar las bandas.

UN CASO. No obstante, según información policial a la que tuvimos acceso, no se ha aperturado un caso por Crimen Organizado, dado que sólo hay un proceso en esta Fiscalía.