Según la Contraloría, la comuna aprobó ampliaciones de plazos extemporáneas y evitó cobro de penalidades.
Según la Contraloría, la comuna aprobó ampliaciones de plazos extemporáneas y evitó cobro de penalidades.

La detectó que la Municipalidad Distrital de San Jacinto, en la obra “Ampliación del servicio de protección contra inundación en el sector Tamarindo, El Peligro margen izquierdo del Río Tumbes”, aprobó la ampliación del plazo N° 2 por la demora en absolución de consultas, y la N° 3 a pesar que fue presentada fuera de plazo. Ambas situaciones generaron un perjuicio aproximado de S/ 1.3 millones.

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Según el informe de control específico N.º 28180-2022-CG/GRTB-SCE, se identificó que la obra tuvo un plazo inicial de 180 días calendarios, iniciando el 17 de diciembre de 2019, y culminando, con suspensiones y ampliaciones, el 5 de marzo de 2021, por un monto superior a los S/ 14 millones. Durante dicho periodo, los trabajos estuvieron paralizados por la pandemia de la COVID-19, desde el 16 de marzo al 19 de julio de 2020.

La comisión de control evidenció que, en fecha 24 de febrero del 2020, el contratista presentó a la entidad una consulta en relación a la modificación de trazo en la construcción, por lo cual, la municipalidad remitió las observaciones del proyectista a la empresa y este las absolvió y devolvió 3 días antes de la declaratoria de emergencia sanitaria por la COVID-19. Al reinicio de los trabajos, la entidad no había emitido pronunciamiento alguno sobre la consulta.

En ese sentido, el 26 de agosto de 2020, el supervisor estableció el término de la causal de la consulta, manteniendo el trazo aprobado por la comuna edil al inicio de la obra. Asimismo, según el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM, la empresa contaba con 15 días para presentar su solicitud de ampliación, es decir hasta el 10 de setiembre, pero recién fue ingresada el 7 de octubre. Sin embargo, la ampliación N° 2 por 21 días fue aprobada por la entidad sin advertir su extemporaneidad, evitando aplicar la penalidad por mora, cuyo monto superaba el S/ 1 millón.

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Además, la solicitud de ampliación N° 3 por 9 días se realizó el 14 de octubre de 2020, argumentando que al no haber trabajado los días domingos por la inmovilización social, deberían ser recuperados, recibiendo la aprobación de la entidad por solo 4 días.

Al respecto, de acuerdo a la norma y al no existir prohibición de tránsito de personas en el día, se debió enviar la comunicación como máximo el 6 de octubre; sin embargo, pasaron 23 días después de haber culminado la causal invocada (término de la inmovilización), generándose una penalidad sin cobrar por casi S/ 199 mil.

Del mismo modo, el contratista alcanzó la liquidación del saldo de obra, agregando como reconocimiento de gastos generales por la ampliación de plazo N° 3, un monto mayor a los S/ 23 mil, que fue aceptado y pagado por la entidad. Sumándose a un perjuicio económico aproximado de S/ 1.3 millones.

Responsable

Según el informe de la Contraloría, Sabina Del Pilar Garay Izquierdo en calidad de subgerente de Desarrollo Urbano y Rural, tiene presunta responsabilidad civil y administrativa funcional sujeta a la entidad.

Cabe precisar que el período evaluado por la comisión de control fue del 25 de noviembre de 2019 al 8 de junio de 2021.