Las empresas que también se han visto afectadas por la emergencia sanitaria, han recibido un subsidio de hasta 35% de su planilla de trabajadores (Foto: Andina)
Las empresas que también se han visto afectadas por la emergencia sanitaria, han recibido un subsidio de hasta 35% de su planilla de trabajadores (Foto: Andina)

El Gobierno peruano amplió la medida de aislamiento social obligatorio por dos semanas más, hasta el 26 de abril, para mitigar el avance del coronavirus en el territorio. La cifra actual, según datos oficiales del Minsa, en el país, la cifra de contagiados al 8 de abril asciende a 4342 personas y el número de víctimas mortales es de 121 personas.

En tanto, el Ejecutivo continua tomando acciones para proteger a las familias más vulnerables del Perú que se han visto afectadas por el en el país. Al permanecer en cuarentena obligaría, muchos han tenido que dejar de trabajar, afectando la economía de su hogar.

Por ello, el Gobierno decretó algunas medidas económicas para ayudar a ese sector de la población. Entre ellas, está los dos para las familias en condición de pobreza y pobreza extrema, y el , los más destacados.

El subsidio a las planillas tiene como objetivo evitar el desempleo en las empresas (Foto: Andina)
El subsidio a las planillas tiene como objetivo evitar el desempleo en las empresas (Foto: Andina)

A la par, las empresas que también se han visto afectadas por la emergencia sanitaria, han recibido un subsidio de hasta 35% de su planilla de trabajadores. Esta medida aplica para las remuneraciones brutas mensuales de hasta S/ 1.500. El monto del subsidio, así como la cantidad de trabajadores a cubrir, la está determinando la Sunat.

Cabe señalar que este subsidio a las planillas tiene como objetivo evitar el desempleo en las empresas, especialmente en las pequeñas que generan la mayor cantidad de empleos en el país, mientras dure la emergencia sanitaria.

En ese sentido, la ministra de la Producción, Rocío Barrios, señaló que a la fecha se han inscrito ante la Sunat cerca de 265,000 empresas para acceder al subsidio del 35% de la planilla, lo cual significa un desembolso de 527 millones de soles.

“Estamos apoyando a las personas a través de bonos y a las empresas a través de subsidios”, subrayó la titular de Producción.

Esta medida aplica para las remuneraciones brutas mensuales de hasta S/ 1.500 (Foto: Andina)
Esta medida aplica para las remuneraciones brutas mensuales de hasta S/ 1.500 (Foto: Andina)

¿CÓMO SOLICITAR EL SUBSIDIO DE PLANILLA PARA EMPRESAS?

Los empleadores del sector privado, con trabajadores en planilla que perciben hasta 1,500 soles, podrán registrar su Código de Cuenta Interbancario (CCI) ante la Sunat para acceder al subsidio de preservación del empleo.

El CCI debe corresponder a una cuenta válida y activa en moneda nacional y no puede ser una cuenta de CTS.

Asimismo, aquellos empleadores que no efectúen el trámite virtual perderán la posibilidad de acceder al subsidio.

IMPORTANTE: Inicialmente, el plazo límite era hasta el 7 de abril; sin embargo, fue ampliada seis días más mediante la Resolución de Superintendencia 068-2020/SUNAT. La fecha límite actual es hasta el 13 de abril.

Los trabajadores independientes en condición vulnerable también serán beneficiados con el bono de 380 soles (Foto: Andina)
Los trabajadores independientes en condición vulnerable también serán beneficiados con el bono de 380 soles (Foto: Andina)

REQUISITOS PARA EL ABONO DEL SUBSIDIO

  1. Ser una cuenta válida y activa en moneda nacional.
  2. No corresponder una cuenta de CTS.
  3. Pertenecer a una entidad que participe del sistema de transferencias interbancarias.

¿QUIÉNES NO RECIBIRÁN EL BENEFICIO?

La Sunat precisó que están excluidos de este beneficio, de acuerdo al citado decreto, aquellos empleadores que al 31 de diciembre del 2019 mantengan deudas tributarias exigibles coactivamente mayores a 5 UIT del 2020; o que se encuentren en proceso concursal.

Asimismo, aquellos que están dentro de los alcances de la Ley N° 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, vigente a la fecha de publicado el presente Decreto de Urgencia.

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