El abogado penalista Hugo Mendoza Malpartida explicó en qué consiste la prisión suspendida, medida que fue impuesta contra la conductora Magaly Medina por el 38° Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Lima por el delito de difamación agravada. La pena impuesta contra la periodista es por 1 año con 8 meses con carácter suspendido.

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“La prisión suspendida en el derecho penal se conoce como la suspensión de la ejecución de la pena, en virtud del cual el tiempo de pena privativa libertad que se impone a una persona será suspendido, esto es, que la persona condenada por la comisión de un delito no será internada en un centro penitenciario”, indicó el letrado a Correo.

Asimismo, Mendoza explicó que la prisión suspendida se da a las personas que tienen una pena no mayor de cuatro años, que no tengan  la condición de reincidente o habitual, además de que su comportamiento procesal  permita inferir al juez que  no volverá a cometer un nuevo delito.

De acuerdo con el letrado, el juez también impone cualquiera de las reglas de conducta previstas en el artículo 58 del Código Penal, entre ellas: prohibición de frecuentar determinados lugares, prohibición de ausentarse del lugar donde reside sin autorización del juez, comparecer mensualmente al juzgado para informar y justificar sus actividades, además de reparar los daños ocasionados por el delito o cumplir con su pago fraccionado, entre otros.

”El artículo 59° del Código Penal establece que si durante el período de suspensión el condenado no cumpliera con las reglas de conducta impuestas o fuera condenado por otro delito, el juez podrá, según los casos: amonestar al infractor; prorrogar el período de suspensión hasta la mitad del plazo inicialmente fijado o revocar la suspensión de la pena”, explicó el abogado.

En el caso de Magaly Medina, deberá cumplir con las reglas de conducta que le haya impuesto el referido juzgado, caso contrario podría ser amonestada o ampliarse el periodo de prueba.

“Asimismo, si la señora Magaly Medina fuese condenada dentro de 01 año y 8 meses por otro delito cuya pena privativa de libertad sea superior a 03 años, se le revocaría la suspensión y sería internada en un centro penitenciario”, detalló.

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