El nuevo choque entre poderes tiene ahora como protagonista a la inmunidad parlamentaria. El anuncio presidencial de someter a consulta popular la decisión de mantenerla o no, dio lugar a una respuesta congresal en forma de proyecto de ley: si no es para todos entonces para ninguno en la Constitución. Una medida disuasoria que ha puesto en “jaque” al ejecutivo. En lo constitucional hago ciertas reservas sobre lo acontecido, pues resulta temerario que para resolver problemas de coyuntura se manipulen instituciones nucleares para el correcto funcionamiento del equilibrio de poderes.

La inmunidad e inviolabilidad parlamentaria son garantías que, además de sinérgicas, nacieron en el recinto parlamentario como asamblea que representa la voluntad popular y fruto de una elección democrática. El Presidente de la República goza de inmunidad por tratarse de un irresponsable político durante su mandato, el constituyente extendió la garantía a otras instituciones autónomas para garantizar su independencia frente a las presiones del ejercicio del cargo; por eso, eliminarla del mapa constitucional produciría un vacío en el contenido de la separación de poderes tras anular la garantía que contribuye con el equilibrio simétrico que promueven los pesos y contrapesos. Por eso, es oportuno recordar la regla del artículo 16 de la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y Ciudadano de 1789, aplicable para todos los estados democráticos. “Una sociedad en la que no esté establecida la garantía de los derechos, ni determinada la separación de los poderes, carece de constitución”.

Si la acción presidencial produjo una reacción congresal newtoniana con la finalidad de bloquear el referéndum, lo esperable es que el tema no pase a mayores y el ejecutivo reconozca que perdió esta partida. Al Presidente le corresponde volver a poner toda su atención en afrontar la grave crisis sanitaria y económica que estamos atravesando como país.