En la Educación Básica Regular (inicial, primaria y secundaria) estudian 8 millones 279 mil alumnos, de los cuales 2 millones 021 mil van a colegios privados y 6 millones 258 mil a colegios estatales.

Desde hace varios años en la mayoría de planteles donde los alumnos poseen celulares, especialmente en las instituciones privadas y varias estatales de zonas urbanas, vienen reglamentando su uso al interior de los locales. Habitualmente se establecen espacios para guardarlos al ingreso al local escolar, o en su defecto pueden mantenerlos en sus mochilas personales utilizándolos solo como recursos pedagógicos y en casos estrictamente de emergencia, siempre preservando la convivencia social y la disciplina escolar. En caso contrario se establecen sanciones progresivas, tratando de que estas situaciones se den en un marco de acompañamiento socioemocional, utilización pedagógica pertinente y de formación integral de los alumnos.

¿Era necesaria una ley especial sobre el uso de celulares en los colegios por el Congreso? ¿Los congresistas no debieran dedicar su tiempo mejor en temas más urgentes, como mejorar las condiciones básicas de calidad del sistema educativo? Pero el proyecyo de ley se dio y estaría por promulgarse. Ahora lo que corresponde es que el Minedu elabore una breve norma sin olvidar que amplios sectores de alumnos no tienen igualdad de oportunidades. Esperemos que en el reglamento se establezcan disposiciones sencillas y no milimétricas, y deje que la normatividad específica se precise en los “reglamentos de los colegios respetando su autonomía educativa y el conocimiento de su propia realidad”.