Con la puesta en marcha del puerto de Chancay, la corriente de opinión se centró en la importancia y necesidad de infraestructura complementaria para explotar las bondades del puerto como país. Otro aspecto importante es la regulación, y aquí, la corriente de opinión afila artillería a la regulación de las tarifas en los puertos.
El tema de fondo es la coexistencia de dos modelos de desarrollo portuario, esto es, el de inversión privada en terminales portuarios de uso público en los que la supervisión del puerto es ejercida por la Autoridad Portuaria Nacional y donde la definición de tarifas y acceso a usuarios intermedios es resultado competitivo del mercado; con el modelo de concesiones portuarias en los que la supervisión del contrato, tarifas y acceso a usuarios intermedios está a cargo del OSITRAN. Ante la existencia de servicios fuera del régimen de libre competencia, ambos modelos contemplan la intervención del OSITRAN en la definición de tarifas y en el caso de controversias con los usuarios, el modelo de inversión privada contempla la implementación de centro especializados de conciliación o instituciones arbitrales, mientras que en las concesiones se recurre al tribunal del OSITRAN. Todos cubiertos.
Sobre el interés en la regulación de tarifas, veamos el bosque y no el arbusto. Para los puertos concesionados el OSITRAN establece tarifas topes, esto es, los concesionarios portuarios pueden en cualquier momento reducir sus tarifas si es que el puerto de Chancay fijase tarifas más competitivas. Entonces, ¿de qué (des)regulación de tarifas hablamos? A esto señores, se llama economía de mercado. ¿Quiénes ganan? Los usuarios y la competitividad nacional.
La nivelación de las reglas de juego para ambos modelos debe tener como centro el usuario, no el modelo. Es necesario entender la organización industrial del comercio marítimo internacional, la que abordaré en mi siguiente columna.