Una de las medidas más drásticas de los Estados para evitar la mayor diseminación de la pandemia del coronavirus es el cierre de las fronteras nacionales. Tiene sentido y constituye una decisión fundada en la soberanía nacional. Pero ha tenido que producirse este drama de salubridad planetaria, para entender que por más aplausos que significó el auge de la globalización en que fueron desdeñadas las fronteras y hasta proclamando su extinción, para que las naciones recurran a esta medida fundados en su prerrogativa nacional. La guerra de Siria que produjo una de las oleadas migratorias contemporáneas más grandes de la humanidad, fue un importante preludio para reconocer el valor de las fronteras estatales. Ahora los países lo hacen para combatir el COVID 19, solo que con un importante detalle: el coronavirus no conoce ni le importa las soberanías estatales como tampoco el principio de inviolabilidad de las fronteras y mucho menos contar con pasaporte o visa, eso lo deja para su huésped, y por esa razón, siendo a los ojos del hombre, invisible a simple vista, la única manera para frenar su expansión ha sido decretar el cierre de las fronteras. Al dictarse la medida hubo gente que se ha quedado sin poder regresar a su Patria. Esa realidad produce incertidumbre y aflicción pero nada se podrá hacer mientras persistan las cuarentenas, porque prima la seguridad nacional que es de interés nacional. Pero una cosa es el cierre de las fronteras nacionales en países de los 5 continentes y otra el de impedir los accesos distritales como erradamente dispuso el alcalde de La Molina. Primero porque técnicamente no existen fronteras distritales sino límites distritales, que es distinto, y segundo porque cerrando los accesos colisionó con las medidas dictadas por el poder Ejecutivo que involucrando el aislamiento y la inmovilización sociales obligatorios, jamás dispuso que las personas debían desplazarse únicamente dentro de sus distritos. Debiendo hacerlo cerca, eso sí, muchas no pudieron cruzar hacia los mercados ubicados a escasos metros de sus viviendas pero en la jurisdicción de otro distrito o fueron neutralizados los que excepcionalmente por la norma podían hacerlo por Lima. ¡Qué tal patinada!