El rechazo de plano cumplido por la Mesa Directiva del Congreso guarda conformidad con lo dispuesto por el artículo 86 de su reglamento, cuando establece el rechazo de plano a una cuestión de confianza que interfiere en las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso de la República. En consecuencia, es una cuestión de confianza que no se ha tramitado, tampoco debatido ni votado para ser aprobada o rehusada por el pleno. Si el reglamento señala además que congreso de improcedencia “(…) no equivale ni califica como denegatoria declaración, rehusamiento ni rechazo de la cuestión de confianza” (artículo 86.d RC), con mayor razón el rechazo de plano declarado por su Mesa Directiva . El acta firmada por el gabinete ministerial, que interpreta la renuncia del premier como negación a su cuestión de confianza,

Es una crisis donde al Congreso le asiste la Constitución, cualquier acción irregular del Ejecutivo, un eventual decreto de disolución parlamentaria, resultará nulo por incumplirse las condiciones formales de dos censuras o negar su confianza al gabinete (artículo 134 CP). Los congresistas no tendrán que desalojar el hemiciclo sino lo contrario: defender los fueros parlamentarios como corresponden. Las Fuerzas Armadas no son deliberantes y están “subordinadas al poder constitucional” (artículo 169 CP). Las opiniones en torno a una eventual disolución del Congreso tampoco son correctas, se trata de un deseo del Poder Ejecutivo de propiciar un nuevo golpe de Estado y plantear un retorno “democrático” mediante una nueva asamblea constituyente.