El 27 de diciembre, es la fecha límite para excluir candidatos a las elecciones extraordinarias, del 26 de enero del 2020, para completar el período constitucional que concluye el 28 de julio del 2021.

Distintas instancias del Jurado Nacional de Elecciones, están excluyendo candidatos, superando los 300, y una de las principales causales es omitir información, sobre todo de sus propiedades, en sus hojas de vida.

La causal de omisión de la declaración de bienes muebles e inmuebles, inscritos incluso en Registros Públicos (RRPP) es un problema real, primero porque esta inscripción no es obligatoria, y segundo porque está a cargo de los compradores, no de los vendedores, y pueden seguir figurando en RR.PP. aunque sean bienes ya vendidos.

El poco tiempo disponible para esta inscripción y, en parte, la costumbre de llegar a acuerdos de última hora, lleva a inscripciones el último día, la última hora, con los inconvenientes que ello acarrea, incluidos, las dificultades del sistema informático electoral.

El JNE debiera ser capaz de encontrar una solución a estos inconvenientes, parte de nuestra realidad y, permitir corregir las omisiones, si las hubiera, además de saber reconocer las limitaciones del sistema. Errores de tipo administrativo no deben equipararse al derecho del ejercicio de participación política ciudadana, esta última es un derecho constitucional.

El elector es el gran jurado a través del ejercicio de su voto. Las formalidades deben respetar esa voluntad, sin constituirse en una distorsión burocrática. De hacerlo deviene en anti democrática.