Mediante sentencia recaída en el EXP N°01803-2023-PHC/TC, el Tribunal Constitucional, nuevamente ha desestimado la solicitud de libertad personal de Pedro Castillo Terrones. En su fallo, el TC señala “esta Sala juzga que se encuentra relevada de emitir un pronunciamiento de fondo, puesto que, en modo alguno, le compete inmiscuirse en un asunto propio de la judicatura penal ordinaria, como lo es, determinar si, a la luz de los hechos del caso, se cumplen los presupuestos para dictar un mandato de prisión preventiva”, con lo cual Castillo continúa privado de su libertad.

En la resolución, el voto singular de Gustavo Gutiérrez señala “considero que los cuestionamientos formulados, están relacionados con el derecho fundamental a la libertad y otros derechos conexos del favorecido(...) resulta necesario hacer un pronunciamiento de fondo, previa audiencia pública; de lo contrario, dejar sin posibilidad de informar oralmente a la defensa del favorecido sólo contribuiría a alentar el rechazo de la ciudadanía al sistema legal y su función pacificadora”.

Dicha posición del magistrado Gustavo Gutiérrez tiene coherencia con su voto singular en la sentencia recaída en el Exp, Nro 01803-2023-PHC/TC, respecto del debido proceso en el ante juicio político contra Castillo Terrones, donde por la situación de flagrancia luego del golpe de Estado del 07/12/22 no se habría respetado el debido proceso conforme a lo señalado en artículo 89 del Reglamento del Congreso, lo cual debió ser aclarado por el TC como lo sostiene el citado magistrado, situación que dificulta el proceso penal contra el golpista Castillo.