En esta semana, las noticias giraron en torno a las afiliaciones indebidas. Algunos especialistas han mencionado ya cuál es el procedimiento para desafiliarse; sin embargo, existen varias aristas que son de preocupación especial para resarcir el daño ocasionado a muchas personas.
En este punto, hay que aclarar que no hace mucho, el actual pleno del JNE, presidido por Roberto Burneo, cambio la jurisprudencia del anterior pleno presidido por Jorge Salas Arenas; ya que, en anteriores oportunidades donde se presentaban estos casos, el ciudadano gastaba en vano los S/ 46.20 ante el ROP y y S/ 802.50 en una apelación para que en una segunda instancia, ante el pleno del JNE, le digan que no había competencia para calificar la falsedad o no de la firma del padrón por ser un tema que debía verse en el Poder Judicial.
Con la Resolución 017-2025-JNE, se estableció que el ROP tendrá que aceptar otros medios probatorios y con la Resolución 073-2025-P/JNE se eliminó el pago de los S/ 46.20. Sin embargo, aun se mantiene el costo de S/ 802.50 para apelar ante el JNE, y ahora el ROP solo dará 10 días hábiles para que el ciudadano envié los medios probatorios que desvirtúen la ficha de afiliación que fue validad por RENIEC; es decir, una pericia grafo técnica, que en el mejor de los casos le costaría algo de S/ 300.
Ante esto, es necesario reformular el Reglamento de Registro de Organizaciones Políticas, que el actual pleno del JNE aprobó y consciente de la situación no modificó este apartado, con el fin de cambiar la determinación de la afiliación indebida y que se garantice que el ciudadano no tenga que asumir los excesivos costos por una injusticia.