La renuncia del expresidente Álvaro Uribe a su escaño en el Senado de la República de Colombia constituye la dramática consecuencia de la evidente persecución política a la que está siendo sometido por parte de una CSJ que dispuso una medida de aseguramiento (detención domiciliaria), con afectación de hasta seis principios y derechos jurídicos consagrados en la Constitución colombiana, detectados por su defensa legal.

Presunción de inocencia: Si el expresidente Uribe ha cumplido todos los llamados de la justicia durante los dos años y medio que ya lleva la investigación, nada justifica la privación de su libertad, más aun cuando no ha sido acusado ni mucho menos condenado. Dicho mandato judicial viola la presunción de inocencia.

Investigación Integral y objetiva: La medida de detención no está basada en pruebas directas, sino en inferencias, dado que en ninguna de las 22,000 interceptaciones telefónicas practicadas (muchas de ellas ilegales y dolosas) aparece el expresidente hablando con testigos o pretendiendo cambiar los testimonios de testigos, o dando instrucciones a terceros para ofrecer beneficios a testigos para que lo hagan.

Exclusión de la prueba ilícita o ilegal: En un acto absolutamente irregular, el magistrado investigador de Uribe, José Luis Barceló incorporó ilegalmente interceptaciones al teléfono del expresidente, aduciendo que dicho número fue proporcionado por el congresista Nilton Córdova, a quien se investiga por el caso “Cartel de la toga”, absolutamente ajeno a Álvaro Uribe.

Derecho a interrogar a los testigos de cargo: No se ha permitido a la defensa de Uribe interrogar a personas que son claves en la investigación, como Juan Guillermo Monsalve, quien dio el testimonio al senador Iván Cepeda acusando al expresidente y a su hermano de estar vinculados con los paramilitares.

Inviolabilidad de comunicaciones abogado-cliente: La Sala de Instrucción de la CSJ ha avalado la interceptación de conversaciones registradas entre investigado y sus abogados, que son protegidas por la Constitución.Imparcialidad: No se ha tenido en mismo tratamiento procesal para los testigos que durante la indagatoria declararon a favor del expresidente -a quienes la Corte intimida de antemano- que para los testigos que lo incriminan, incurriendo en evidente parcialidad en contra de Álvaro Uribe.