En periodo electoral es muy importante la forma en la que los ciudadanos reciben la información que les permita analizar todas las alternativas políticas ofrecidas, para decidir un voto consciente. En la actualidad, el intermediario esencial entre los partidos políticos y los ciudadanos son los medios de comunicación. Pero es en los días previos a las elecciones en los que lo que ellos propalen se vuelve sensible y de vital importancia para el resultado electoral.

Por eso, en algunos países se ha establecido un régimen jurídico para la TV en periodo electoral, en donde se obliga, bajo sanciones muy graves, a los medios, a respetar el criterio de igualdad, pluralidad, neutralidad y proporcionalidad. En especial el criterio de neutralidad obliga a los medios a utilizar las imágenes “normales” de un candidato y a decidir lo que es o no “noticia” en un momento determinado. No obstante, estas circunstancias pueden ser materia de una reclamación para que se valore cada caso en concreto.

Así, no debe existir una diferencia importante en cuanto al “minutaje” dedicado a otros partidos. Incluso, en algunas legislaciones, se obliga a las TV privadas y públicas a enviar quince días antes del cierre de la votación, su parrilla televisiva con relación a las elecciones, de manera que puedan ser analizados el reparto de tiempos y los bloques de información electoral, combinando criterios de números de escaños y de números de votos que lograron las formaciones políticas en las últimas elecciones.

No se permitirá que la TV emita un nuevo programa con incidencia electoral que no se ajuste a la parrilla antes enviada, como puede ser un documental con apariencia de informativo, tal como sucedió con la divulgación de un documental de Ciudadanos (Cs) de España, sobre “los familiares de los políticos presos y huidos en relación con las causas judiciales del independentismo en Cataluña”, en el que se entendió que el documental ofrecía una imagen de victimización de un sector de la sociedad catalana.

Sobre los bloques de información existe numerosa jurisprudencia que les imponen un tiempo y un orden concreto para ofrecer la información; lo que no se puede hacer es llenar con banalidades el espacio de una formación política y/o destacar una propuesta de otra sin ninguna explicación concreta.