Las exoneraciones tributarias son beneficios, no derechos, establecidas por ley a fin de promover el desarrollo de determinadas actividades económicas, aunque su abuso crea distorsiones en la economía, sobre todo cuando se prolonga exageradamente y se convierte en beneficio permanente.

La Ley 27360, llamada Ley Chlimper, estableció desde el 2000 un régimen especial tributario y laboral para fomentar la inversión y empleo en zonas rurales, que fue derogada el 6 de diciembre de 2020.

El 10 de setiembre de 2025 se publicó la Ley 32434, o Chlimper 2, por la cual las empresas agroexportadoras pagarán 15% de Impuesto a la Renta y no 29.5% como les correspondía. El Estado dejará de percibir más de S/ 20 mil millones hasta el 2035, S/. 1,880 millones anuales, con los que podría financiar servicios a la población.

El propio Ministerio de Economía y Finanzas identifica siete grandes empresas como beneficiarias: Camposol, Complejo Agroindustrial Beta, Danper Trujillo, Agrícola Cerro Prieto, Sociedad Agrícola Drokasa, Ecosac Agrícola y Agrovisión Perú. También figuran, en el sector vitivinícola Santiago Queirolo y Bodegas y Viñedos Tabernero.

Las exportaciones agropecuarias no tradicionales pasaron de US$ 394 millones en el 2000 a US$ 12.798 millones el 2024. Conveagro y la Junta Nacional de Café advierten que este desarrollo no se ha traducido en mejores condiciones laborales, pues siguen los contratos temporales para labores permanentes y, mientras se exonera de impuestos a las grandes empresas exportadoras, las pequeñas y medianas carecen de apoyo crediticio y técnico, acentuando las desigualdades económicas, laborales y sociales.