Durante la pandemia 2020 y 2021 no se aplicaron los requisitos de repetición de grado, y el 2022 se aplicaron relativamente. A los alumnos que tenían competencias de aprendizaje con “C” se les dejaba en blanco para que durante el período vacacional y el año siguiente se pudieran nivelar y lograr las competencias requeridas de las áreas curriculares.
Para Inicial, Primaria y Secundaria se consideran 4 niveles de logro de aprendizajes: AD (destacado), A (satisfactorio), B (en proceso) y C (en inicio). El Minedu elaboró la norma técnica por RVM 00094-2020 pero su aplicación obligatoria en realidad ocurrirá este año escolar 2023. Hasta ahora un sector de técnicos ha difundido la norma precariamente y no siempre con experiencia de las aulas. Las autoridades que las hicieron no necesariamente tenían conocimiento vivencial sobre el tema.
Lo grave es que en dicha norma viceministerial -mal concebida- existe una complejidad y variedad en requisitos para “la promoción de grado y una minusvaloración de la experticia docente que conoce a sus alumnos”. La calificación final no la pone el maestro, sino que hay una norma absurda para que el alumno apruebe las áreas curriculares del grado. Es más, los requisitos para pasar de año varían en los diferentes grados de primaria y secundaria.
En resumen, la actual gestión ministerial ha recibido un “desbarajuste” de las gestiones anteriores. Para el 2023 ya no se puede hacer nada. Pero para el 2024 la ministra de Educación, Mirian Ponce, debiera cambiar los requisitos de aprobación de grado. Una primera sugerencia es que los docentes determinen el resultado de las competencias y del área en el último perío. Y que los requisitos de promoción tengan coherencia de 2° a 6° de primaria, así como de 1° a 5° de secundaria.