A partir de hoy las unidades de transporte público en Arequipa trasladarán al 100 por ciento de su capacidad, según Ordenanza Municipal N°1188 aprobada el último fin de semana, medida que tendría funestas consecuencias en el control de contagios de la Covid 19 y dejarse de lado, en especial, las medidas de previsión que acertadamente se ordenó y fue cumplida por los dueños de vehículos. ¿Acaso estamos ante el inicio de una nueva ola de contagios en la Ciudad Blanca? Pregunta que se responderá en los siguientes días.

A propósito de esta decisión del gobierno municipal, viene a colocación una advertencia lanzada por el alcalde provincial, Omar Candia, a los empresarios del Sistema Integrado de Transportes (SIT), conminándolos a retomar el cobro de un sol por el servicio que prestan o finalizará el contrato de concesión y por la pandemia lo fijaron en dos soles.

Se equivoca el burgomaestre arequipeño al tratar de imponer un costo en los pasajes ya que desconocería la Constitución en su Art. 61. “El Estado facilita y vigila la libre competencia” al igual que la Ley General de Transporte y Tránsito N° 27181 que en su Art. 4.- "De la libre competencia y rol del Estado señala: “El Estado incentiva la libre y leal competencia en el Transporte…”.

Al imponer una tarifa a los transportistas estaría cometiendo el delito de abuso de autoridad y, además, tal como advirtió Marco Chauca, administrador del Terminal Terrestre, obligar a concertar precios es una medida que se castiga.

La decisión de fijar un costo por dicho servicio suena a populismo y la autoridad edil si persiste en su amenaza enfrentaría una denuncia. La decisión de fijar una tarifa depende del transportista, tal como ocurre en otros servicios, queramos o no. Cuidado con lo que se hace.