La iniciativa parlamentaria para proponer una reforma reglamentaria que autorice al titular del Congreso asumir la Presidencia de la República, tras la ausencia temporal de la jefa de Estado, busca resolver la necesidad de salir del país sin producir vacíos institucionales. La propuesta legislativa tiene la finalidad de modificar lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución. De acuerdo con la Carta de 1993, el presidente del Congreso asume la jefatura de Estado una vez agotadas las vicepresidencias si se trata de un impedimento temporal o permanente. Sin embargo, la necesidad presidencial de salir del territorio nacional para atender compromisos en el exterior no califica como un impedimento temporal, pues no se suspende el ejercicio de la presidencia sino busca modificar el reglamento parlamentario que permita al titular del legislativo suplirlo, temporalmente, durante los días que permanezca fuera del territorio.

La regla establecida en el artículo 115 CP tiene la finalidad de regular la sucesión presidencial en casos de impedimento temporal (suspensión, acusación constitucional) o permanente (vacancia presidencial); de hecho, agotadas las vicepresidencias corresponde al titular del legislativo asumir la presidencia y convocar inmediatamente a elecciones si el impedimento fuese permanente. Es evidente que la jefatura de Estado asumida por la segunda vicepresidencia le impide salir del país, pero la única solución posible será una reforma constitucional. La razón es que una norma de inferior jerarquía (Resolución legislativa) no puede modificar una disposición que altere una regla establecida por la Constitución. Sin duda es un inconveniente presidencial a resolver, pero sin afectar la Norma Fundamental.