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Entre enero de 2016 y febrero de este año, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) atendió unos 626 casos de hostigamiento laboral en todo el país. De ellos, 276 ocurrieron en Lima Metropolitana.

La estadística también abarca otras regiones, como el Callao, La Libertad, Arequipa, Cusco, Ica, Junín, Tacna, Lambayeque, Piura, Tumbes, Huánuco, Cajamarca, Loreto, Áncash, San Martín y Pasco.

“Tras las denuncias de los trabajadores, los agentes de la institución realizan órdenes de inspecciones”, precisó la Sunafil a Correo.

Además, detalló que el acoso sexual en el trabajo es el principal tipo de hostigamiento que denuncian los empleados, siendo las víctimas en su mayoría mujeres.

Los actos de discriminación; la falta de pago de la remuneración en la oportunidad correspondiente; la reducción inmotivada de la remuneración; y el traslado del trabajador a un lugar distinto de aquel en el que presta habitualmente servicios son otras infracciones recurrentes.

DETALLE. ¿Qué hacer ante un acto de hostilidad laboral? Según la Ley N°27942, el trabajador, antes de accionar judicialmente, deberá emplazar por escrito a su empleador imputándole el acto de hostilidad correspondiente.

En el documento, tendrá que otorgarle un plazo no menor de seis días para que efectúe su descargo o enmiende su conducta, según sea el caso, detalló la Sunafil.

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