(Foto: Instagram @elmiyashiro / @oscardelportal)
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Tras el ampay a los conductores de televisión y , quienes pasaron la noche con mujeres que no eran sus esposas, Correo se contactó con el Hugo Mendoza, del Estudio Mendoza Malpartida & Abogados, a fin de que nos explique las consecuencias de una infidelidad y si es qué ambos podrían pagar una indemnización por ese hecho.

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“El cónyuge afectado por la puede demandar al adúltero una indemnización por daño moral, como consecuencia del hecho violatorio de la fe conyugal, afectación a su estado emocional y psicológico. Los daños causados son subjetivos con consecuencias personales referidas al daño moral o la aflicción de los sentimientos y el daño al proyecto de , explicó a este medio el especialista.

Asimismo, dijo que se entiende por adulterio la unión sexual de un hombre o una mujer con quien no es su cónyuge. “Se trata, por ello de una unión sexual ilegítima, en cuanto vulnera fundamentalmente el deber de que se deben los esposos”, dijo.

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En esa línea, señaló que existe la casación 1744-00 (Santa) que establece que existen dos elementos que se requieren para la concurrencia del adulterio, uno objetivo: la cópula sexual con persona distinta al cónyuge; y otro subjetivo: la intencionalidad consciente y deliberada de violar el deber de fidelidad. “De esta manera se excluyen otras hipótesis, como la violación o el acto cometido por quien sufre trastornos de su consciencia, etcétera”, sostuvo.

Agregó que el “pierde los gananciales que procedan de los bienes del otro”.

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