Conoce los detalles de este delito comprendido en el Código Penal. (Foto: archivo)
Conoce los detalles de este delito comprendido en el Código Penal. (Foto: archivo)

Las personas que difunden volantes o panfletos que contienen mensajes que enaltecen, justifican o exaltan el terrorismo o las conductas de sentenciados por terrorismo podrían ser condenadas por el delito de apología al terrorismo y recibir una sanción de ocho a quince años de prisión.

“La difusión de panfletos con contenido de exaltación o justificación al terrorismo o condenados por terrorismo forman parte del tercer agravante del artículo 316-A del Código Penal ( el cual es sancionado con penas no menor de ocho ni mayor de 15 años), detalló la jueza Fernanda Ayasta Nassif, presidenta del Cuarto Juzgado Penal Nacional Colegiado de la Corte Superior Nacional.

La jueza explicó que este hecho es considerado por el artículo 316-A de gravoso debido a que estos panfletos o volantes al ser impartidos en lugares públicos como universidades llegan a un número masivo de personas.

“El artículo 316 A del Código Penal prevé tres escalas de sanciones. La más gravosa que contiene la apología de terrorismo es a través del uso de las tecnologías de la información, publicidad, revistas, pero también la que se difunde en lugares públicos como universidades”, aseguró.

Apología por terrorismo

Asimismo, la magistrada señaló que también se evalúa el contenido de los pronunciamientos, si estos enaltecen, elogian el delito de terrorismo o los condenados por terroristas, lo cual puede incentivar un tema de violencia o legitimar acciones terroristas.) ya ha dicho cuál es el contenido de esos pronunciamientos.

“La sentencia del Tribunal Constitucional (TC) elogia, lo que puede incentivar un tema de violencia, legitimar acciones terroristas o a una persona que haya sido condenada”, afirmó.

Respecto a los otras dos escalas de sanciones, la jueza señala que la primera está relacional al tipo base que va de cuatro a ocho años de cárcel, mientras quienes en su calidad de autoridad, docente o personal administrativo de una institución educativa exaltan, justifican o enaltecen el delito de terrorismo serían sancionados con penas de seis a 10 años de prisión

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