Arbitrajes se pierden por desconocimiento de autoridades
Arbitrajes se pierden por desconocimiento de autoridades

Tras la serie de cuestionamientos e interrogantes que giran en torno a la realización de arbitrajes y el reciente laudo que fue desfavorable para el gobierno regional por la compra de laptops y notebooks, el secretario general del Centro de Arbitrajes de la Cámara de Comercio, Gustavo Bayona Mac Pherson, indicó que la mayoría de estos procesos son contrarios a las instituciones del Estado debido al desconocimiento que tienen las autoridades en torno a este tema.

BASES

Según Bayona, en primer lugar existen serias falencias al momento de lanzar el proceso de selección o la licitación, pues frecuentemente se observa que las instituciones no consignan al detalle las características específicas que debe tener el bien o el servicio que desean adquirir, lo que puede generar un problema posterior.

A decir del especialista en temas arbitrales, no se le puede reclamar al proveedor por un producto específico si este no le fue solicitado con anterioridad en el proceso de selección.

SEGUIMIENTO

En segundo término, señala Bayona, ninguna institución cuenta al momento con un departamento o un equipo de trabajadores que esté destinado de manera específica al seguimiento y control de la contratación que se hizo.

"En el caso de obras, por ejemplo, lo que se hace es dejarle esta tarea al supervisor, cuando lo recomendable es que haya un equipo multidisciplinario que vele por el cumplimiento del contrato", señala Bayona.

ÁRBITROS

El tercer punto, pero no por eso menos importante, es el que debe incluirse en los contratos que se firman entre ambas partes y que está relacionado a la solución de controversias.

Lo que sucede generalmente, según Bayona, es que todas las instituciones copian y pegan textualmente las especificaciones que se contemplan para este caso en el Organismo de Contrataciones y Supervisiones del Estado, en el cual se dice que las controversias deben ser resueltas a través de un arbitraje ad hoc y no a través de un arbitraje institucional.

"La diferencia entre ambos radica en lo siguiente: el arbitraje ad hoc consiste en que cada parte nombra su árbitro y entre los dos designan un tercer miembro que es el presidente del tribunal arbitral, pero no se tiene un control o un ente regulador; caso contrario sucede en los arbitrajes institucionales, como el del Osce o la Cámara de Comercio, donde existe una instancia superior que puede regular todo los procedimientos", indica Bayona.

RESULTADO

Al no precisar la manera en la que se resolverá el conflicto, todos los casos se van a Lima, y de estos solo existe un promedio de 5% que es favorable a la institución pública, mientras que el otro 90% favorece a la empresa privada.

Bayona añade que actualmente el centro de arbitraje de la Cámara de Comercio está en una etapa de información a las diferentes instituciones públicas, con la finalidad de que estas conozcan al detalle cuáles son las maneras en que se deben sacar a licitación los procesos, y todos los detalles y procedimientos que deben seguirse para tener una adecuada resolución de controversias.

"Estamos instalados ya un año y a pesar que existen muchas consultas, lamentablemente no podemos intervenir en ningún caso, porque en la cláusula de resolución de controversias se consideran arbitrajes ad hoc", puntualizó Bayona

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