Condenados por delitos en contra de menores serán inhabilitados laboralmente
Condenados por delitos en contra de menores serán inhabilitados laboralmente

Tras la publicación de la Ley N°30901, que establece los lineamientos para implementar un subregistro de condenas, deberán inhabilitar a los condenados para desempeñar actividad, profesión, ocupación u oficio que implique el cuidado, vigilancia o atención de niñas, niños y adolescentes.

En este padrón se tendrá la información de todas las personas condenadas por delitos como feminicido, homicidio, parricidio, entre otros, y estará siempre actualizada.

Cabe señalar que, esta información será proporcionada por el Poder Judicial, además se incluirá el historial de los condenados con las resoluciones de rehabilitación u otras resoluciones modificatorias de la condena.

Por otro lado, las  están obligadas a solicitar y verificar los antecedentes de las personas en el registro especializado en cada oferta de trabajo, antes de que se finalice el proceso de contratación.

El registro tendrá la siguiente información de cada condenado:

El registro tendrá la siguiente información de cada condenado:

a) Nombres y apellidos de la persona condenada

b) Número de documento de identidad u otro documento que lo identifica

c) Nacionalidad

d) Número de expediente

e) La especificación del delito o delitos cometidos

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