Consettur quedaría en el aire
Consettur quedaría en el aire

La Resolución 041-2008 emitida por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual - Indecopi, que salió a la luz hace algunos días, no solo revelan que la concesión entre la Municipalidad Provincial de Urubamba y Consettur Machupicchu SAC se efectuó con documentación falsa sino también evidencian que el pacto irregular no cumple con los seis requisitos mínimos de un servicio público de monopolio legal.

Primero no se puede establecer un periodo de concesión por un periodo mayor a 30 años, segundo tiene que haber una subasta pública, tercero se tiene que asegurarse las condiciones de calidad y continuidad del servicio, cuarto tiene que haber compromisos de inversión de parte del concesionario, quinto tiene que haber causales de resolver el contrato y sexto y lo más importante determinar la formula tarifaría y los mecanismos de ajuste en el transcurso del tiempo.

Dentro de ese panorama, el presidente de la Asociación Andina de Consumidores y Usuarios del Cusco - Aadecc, Yadir Mujica Maldonado, sostuvo que si es que nos sujetamos a lo que está establecido en la ley, la municipalidad concedente en este caso Urubamba tendría la facultad de regular las tarifas en el servicio de transporte, dejando en el aire a Consettur Machupicchu que se da el derecho para determinar libremente las tarifas.

Ante los vacíos en el supuesto contrato y ante las pretensiones de la empresa monopólica, Yadir Mujica, consideró que es el momento oportuna para que el Concejo Municipal de Urubamba solicite de manera formal una addenda al contrato, en el cual se corrija todos los problemas que presuntamente existen en el acuerdo original, que ha dejado vacíos que desprotegen a los visitantes que generan ingresos y desarrollo. “Si no se han planteado compromisos de inversión eso se tiene que incluir, si la contraprestación por la concesión del servicio público es un monto ínfimo, pues hay que hacerlo crecer”, indicó.

En el hipotético caso que Consettur se niegue a la modificación del contrato, las autoridades de esa provincia también podrían plantear la resolución del contrato, lo que implicaría que a la municipalidad le restituya la titularidad para poder brindar el servicio de transporte, aunque paralelo a ello el concesionario está en su derecho de iniciar acciones judiciales correspondientes en tutela de sus intereses.

“Es propicio el momento, los contratos no son inmodificables en el tiempo se pueden establecer addendas como un acuerdo entre las partes y lo que quedo en evidencia es que las condiciones pactadas primigeniamente no han sido nada favorables para el titular que es la municipalidad

hay serios cuestionamientos al proceso de concesión a los precios a las ganancias exhorbitantes que tiene Consettur”, sentenció.

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