La Ley N° 32330, que permite procesar y sentenciar como adultos a los adolescentes de 16 y 17 años que hayan cometidos delitos graves, sigue generando enormes rechazos en distintas instancias de Gobierno.
A los cuestionamientos del Poder Judicial y del Ministerio Público, se ha sumado el rechazo categórico de la Defensoría del Pueblo que, en oficio dirigido a la Presidencia de la República, solicitó la observación de la autógrafa de ley. La institución señaló que la norma es perjudicial para los derechos de los adolescentes del país y contraria al ordenamiento jurídico y jurisprudencia nacional e internacional sobre la materia.
En este marco, la Defensoría del Pueblo anunció que presentará una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 32330 por su “profunda incompatibilidad con la Constitución Política del Perú, las obligaciones internacionales del Estado peruano en materia de derechos humanos de niños, niñas y adolescentes, la evidencia científica y el principio del interés superior del niño”.
“La CDN (Convención sobre los Derechos del Niño) define “niño” a todo ser humano menor de 18 años y exige a los Estados establecer un sistema de justicia especializado para menores de 18 años, distinto al de adultos, con un enfoque socioeducativo y restaurativo que ha sido recogido con el Nuevo Código de Responsabilidad Penal del Adolescente”, señaló la entidad defensorial.
Además, la Defensoría señala que, desde el enfoque de derechos humanos, la ley es un “grave retroceso” al no considerar la especial vulnerabilidad de los adolescentes y la obligación reforzada de protección que el Estado y la sociedad tienen hacia ellos, conforme al artículo 4 de la Constitución Política del Perú, en virtud del cual la comunidad y el Estado deben proteger especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono.