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Para muchos podar o talar un árbol no representa mayor falta, incluso, se traen abajo decenas de estas especies a causa de la actividad humana, responsable en muchos casos de la contaminación ambiental.

A nivel de la región, los delitos ambientales más comunes son el tráfico ilegal de productos forestales maderables o fauna, especies de flora silvestre, bosques o otras formaciones boscosas, según da cuenta la fiscal adjunto Carmen Rosa Niño Mendiola, de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental.

En Piura esto no podía ocurrir de otra manera, ya que talar un árbol constituye un delito ecológico, sancionado hasta con cuatro años de pena privativa de la libertad.

Así está ocurriendo en la avenida Bolognesi, en donde los trabajos de ejecución de la obra de mejoramiento de esta importante vía ha significado que al menos 22 algarrobos sean prácticamente sacrificados.

El paso de la maquinaria pesada originó el levantamiento y exposición de las raíces, lo que tarde o temprano causa su muerte.

De acuerdo al artículo 313, "Alteración del ambiente o paisaje", del Título XIII del Código Penal, modificado por Ley 29263, publicada el 2 octubre de 2008, talar un árbol amerita una sanción ejemplar.

"El que, contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente, altera el ambiente natural o el paisaje urbano o rural, o modifica la flora o fauna, mediante la construcción de obras o tala de árboles, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de cuatro años y con sesenta a noventa días-multa", indica en el capítulo II, Delitos contra los Recursos Naturales.

EN EL CENTRO. Algo similar ha sido denunciado por un grupo de vecinos, quienes se oponen a la tala de los ficus ubicados en el parque de la iglesia de la Virgen del Perpetuo Socorro, en donde personal de la comuna piurana hace dos semanas acabó con un ficus, aduciendo que existía el riesgo que se caiga y cause algún tipo de daño.

En este caso, el gerente de Medio Ambiente, Población y Salud de dicha entidad edil, Wilfredo Rodríguez Sandoval, señala que se decidió talar el árbol debido a que se encontraba infestado por un hongo, no obstante, no llegaron a determinar si podría ser curado o no. Pese a esto, procedieron a extinguir su vida, ya que es un ser vivo.

AUSENCIA DE LA NORMA. En lo referente al atentado contra la ecología perpetrado en la avenida Bolognesi, es necesario puntualizar que la ausencia de una ordenanza municipal que regule la obligatoriedad de contar con certificación ambiental para la ejecución de obras de inversión pública o privada, permite que las empresas contratistas actúan con impunidad al depredar la naturaleza.

Dicha norma edil, que debe adecuarse a lo dispuesto por la Ley Nacional del Sistema de Evaluación del Impacto Ambiental, permitirá conocer los impactos negativos que conllevan los trabajos que demandan los proyectos de inversión, como es el caso del mejoramiento de la avenida Bolognesi.

Correo consultó sobre el daño ecologico causado por los trabajos de la avenida Bolognesi, a la fiscal CarmenNiño Mendiola, quien manifestó que la fiscalía necesita de un informe técnico para proceder. Éstedebe ser emitido por una entidad que pueda determinar el impacto o la gravedad de la lesión al bien juridico protegido por el tipo penal que se está investigando.

¿QUÉ ESPERAN? En el ambito urbano el informe puede ser emitido por la municipalidad de la jurisdicción afectada, sin embargo, ante el incumplimiento de esta función, es el Órgano de Evalución y Fiscalización Ambiental (OEFA) el responsable de iniciar las indagaciones correspondientes, sancionar y denunciar a los que resulten responsables.

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