Indecopi multa a agencia del Banco de Crédito
Indecopi multa a agencia del Banco de Crédito

El Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) Tacna sancionó a la agencia del Banco de Crédito del Perú en Ilo, con una multa de dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que suman alrededor de 7 mil 400 nuevos soles.

De acuerdo a la investigación realizada, se habría encontrado una infracción al Artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. En el proceso de investigación, el banco no se encontraba facultado para efectuar el cobro de una comisión por retención judicial.

La retención de la cuenta se produce luego de terminado un proceso de ejecución coactiva por la falta de pago de impuestos.

De las 25 quejas presentadas durante el año a Indecopi, una denuncia por un proceso de ejecución coactiva de la comuna de Pacocha ante el banco dispuso el cobro de una comisión de 200 soles adicional al pago de la deuda bajo el concepto de ejecución de embargo que no estaría justificado.

Las entidades financieras están facultadas para cobrar por comisiones de retención pero las mismas deben estar debidamente sustentadas.

En el caso de cliente Luis Postigo el banco no presentó ningún medio probatorio que justifique el cobro por comisión por retención judicial de 200 soles. Las comisiones deben corresponder a servicios efectivamente prestados. Aunque se conoce que la resolución puede ser apelada todavía se desconoce si la entidad financiera hizo uso de este derecho.

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