Indecopi recuerda que padres deben pagar solo por servicio recibidos en colegios privados
Indecopi recuerda que padres deben pagar solo por servicio recibidos en colegios privados

La jefe de la oficina regional de Indecopi, Jina Troyes Delgados, en relación a los servicios educativos 2013 en los centros educativos privados, recordó que las instituciones educativas tienen la obligación de brindar un servicio de calidad, acorde a la normativa del sector.

Explicó que los padres deben elegir qué servicio educativo desean contratar para sus hijos en edad escolar, analizar las condiciones económicas, ventajas y demás términos.

Dijo que los pagos deben ser por prestaciones efectivamente brindadas por parte del centro educativo.

"El pago por el servicio educativo será exigible sólo cuando haya culminado el mes correspondiente y no por adelantado", exhortó.

Asimismo, dijo que la institución educativa está obligada a informar sobre las autorizaciones y certificaciones que cuenta el centro educativo, antes que se inicie el proceso de contratación (matricula).

Además explicó que no deben condicionar la entrega de documentación y certificaciones a un pago distinto al de trámite, salvo en los casos que se demuestre la existencia de una deuda.

Del mismo modo dijo que la posibilidad de incremento sobre las condiciones económicas que serán implementadas para el siguiente período lectivo, deberá ser informada.

Recordó que hay normas precisas que prohiben a los promotores de colegios privados obligar a los padres de familia a colaborar con la adquisición de bingos, rifas o revistas institucionales, así como pintado de carpetas.

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