Jueces no pueden reconocer invasión
Jueces no pueden reconocer invasión

La Corte Superior de Justicia de Arequipa (CSJA) hizo oficial el acuerdo que dispone que los jueces de paz de 27 juzgados no pueden ejercer función notarial desde el 25 de abril del año en curso.

En la nueva resolución, N° 003-2014 del Consejo Ejecutivo Distrital, se agrega a los distritos de Yura y Cerro Colorado, en la provincia de Arequipa. En otras provincias, se incluyó a los distritos de Majes, Chivay y Yanque.

Sanción. El jefe de la Oficina Desconcentrada de la Magistratura (Odecma), Johnny Cáceres, indicó que aquel juez que entregue constancias sin autorización cometerá una 'falta grave' y un delito al punto que podría ser considerado como cómplice en el hecho.

"La gran mayoría (de jueces ) están impedidos de ejercer funciones notariales, salvo excepciones que se dan en los distritos alejados", aseveró.

La sanción por estos actos podría recaer en una amonestación, suspensión e inclusive la destitución con inhabilitación por cinco años de todo cargo público.

Advertencia. Por otro lado, señaló que los jueces que se encuentren facultados de ejercer funciones notariales tienen que tener cuidado al momento de emitir constancias.

"Deben de informarse con la Oficina de Justicia de Paz (Odajup) para conocer si dichos predios se encuentran en litigio o presentan conflicto con las instituciones del Estado", refirió.

Asimismo, aconsejó a las personas tener presente qué juzgados no pueden realizar estas labores.

Prohibidos

1 Distrito de Selva Alegre

2 Distrito de Cerro Colorado

3 Distrito de Hunter

4 Distrito de Sachaca

5 Distrito de Paucarpata

6 Distrito de Socabaya

7 Distrito de Yanahuara

8 Distrito de JLB y Rivero

9 Distrito de Mno. Melgar

10 Distrito de Miraflores

11 Distrito de Tiabaya

12 Distrito de Cayma

13 Distrito de Tingo - Cerc.

14 Distrito de La Joya

15 Distrito de Yura

16 D. de Aplao (Castilla)

17 D. de Uraca (Castilla)

18 D. Chuquibamba (Condesuyos)

19 D. José M. Químper (Camaná)

20 D. Samuel Pastor (Camaná)

21 D. Nicolás de P. (Camaná)

22 D. Mariscal C. (Camaná)

23 D. Cocachacra (Islay)

24 D. Majes (Caylloma)

25 D. Chivay (Caylloma)

26 D. Yanque (Caylloma)

27 D. Cerro Colorado

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