El monto máximo que se puede “embargar por alimentos” es el equivalente al 60% de los ingresos del padre demandado por pensión de alimentos. (Foto: Archivo GEC)
El monto máximo que se puede “embargar por alimentos” es el equivalente al 60% de los ingresos del padre demandado por pensión de alimentos. (Foto: Archivo GEC)

En el Perú existen muchos casos de padres que no pasa . Incluso, hay algunos que tienen descendientes con diferentes mujeres. Por ello, consultamos con el abogado asociado del estudio Galvez Monteagudo, Max Jason Vargas Calderón, sobre cuánto del de un hombre va para cada menor.

“Nuestro ordenamiento legal prevé que todos los hijos son iguales ante la ley, por tal motivo la que se haga a favor de cada uno debe ser igual y proporcional”, sostuvo en diálogo con .

Asimismo, señaló que el monto máximo que se puedees el equivalente al 60% de los ingresos del padre demandado por pensión de alimentos.

“Si son varios los lo que se le asignará a cada uno será ese porcentaje dividido en tantos números de haya: si es 1, hasta el 60%, si son 2 hasta el 30% para cada uno, si son 3 hasta el 20% cada uno, y así sucesivamente”, dijo a este medio.

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