PJ declara infundada acción de amparo contra Minsur
PJ declara infundada acción de amparo contra Minsur

El 1° Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna declaró infundada la demanda constitucional de amparo interpuesta contra Minsur S.A., por la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento (EPS) de Tacna. El Poder Judicial determinó que no existía tal amenaza de violación a los derechos del medio ambiente y de acceso al agua saludable.

La EPS había fundamentado que existían una serie de observaciones al Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto minero Pucamarca, de Minsur, que pretende ejecutar operaciones en la cabecera de cuenca del canal Uchusuma, para extraer oro a través de procesos de lixiviación.

Las observaciones fueron detectadas por Oikos Consultoría Ambiental, y entre ellas figuran que el arsenico presente en las aguas del canal supera los valores establecidos durante todos los meses del año; y tras analizar el EIA recomienda que Minsur tenga un plan de contingencia específico para cada caso de contaminación. Además Oikos sugiere que debe entubarse el canal Uchusuma en la zona de operación minera.

En los considerandos de la sentencia de fecha 15 de agosto, el Poder Judicial determinó que no existe una amenaza real e inminente de violación a los derechos del medio ambiente, tal como se requiere para disponer la acción de amparo para proteger la salud de los habitantes. Además acota que las observaciones al Estudio de Impacto Ambiental resultan extemporáneos dado que ya fueron aprobados en última instancia.

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