Reclamos se podrán hacer vía online
Reclamos se podrán hacer vía online

La Presidencia del Consejo de Ministros aprobó las modificaciones al Reglamento del Libro de Reclamaciones. Con lo cual, a partir del 24 de abril, las empresas que ofrecen bienes o servicios en internet también estarán obligadas a tener un libro de reclamaciones, el cual debe ubicarse en la página de inicio del negocio.

Los cambios aprobados permitirán fortalecer la supervisión y fiscalización del cumplimiento del libro de reclamaciones, contribuyendo a que los ciudadanos puedan resolver de manera efectiva los problemas que se presenten en las relaciones de consumo. Asimismo, permitirá a la institución reafirmar su predictibilidad en relación a las sanciones a aplicarse.

CAMBIOS. Entre las principales modificaciones se dispone que las empresas de transporte terrestre de pasajeros a nivel urbano, interprovincial e internacional, incluido transporte fluvial, deben contar con un aviso consignando el número telefónico de la empresa y otro medio alternativo, a través del cual, los consumidores podrán presentar sus reclamos o quejas.

Además, se establece que las unidades de transporte aéreo de pasajeros deben poner a disposición de los pasajeros el libro de reclamaciones en las áreas previas al embarque y posteriores al desembarque.

También fue modificada la definición de establecimiento comercial, y en adelante el concepto alcanzará a aquellos proveedores que realicen sus ventas por medios virtuales, lo cual implica que estos deberán habilitar en su portal web, tanto el libro de reclamaciones como el aviso respectivo.

CLIENTES. Otra mejora que beneficia a los consumidores es que los proveedores deberán dar un trato preferencial a los clientes que necesiten registrar un reclamo, evitando colas para ejercer su derecho.

Ello motivará a las personas a que no desistan de presentar su reclamo o queja. Igualmente, se ha dispuesto que los proveedores que facturen anualmente montos superiores a las tres mil Unidades Impositivas Tributarias (UIT) tendrán la obligación de reportar al Indecopi, a través de un aplicativo informático, los reclamos o quejas presentados por los consumidores. Así, la autoridad en su actual rol proactivo realizará el monitoreo de las posibles fallas que pudieran afectar a los consumidores y aplicará las sanciones que correspondan de manera oportuna.

Para Laisha Mubarak Aguad de Delmar Ugarte Abogados, el reglamento dota al consumidor de mayores mecanismos para exigir sus derechos y lo más importante es la creación del orden de prelación.