Sucamec: Ley de armas de fuego prohíbe las balas 'dum dum'
Sucamec: Ley de armas de fuego prohíbe las balas 'dum dum'

La Ley 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil, establece el uso de balas de punta hueca y blanda, pero no el uso de las balas de tipo “dum dum”, precisó la .

Al referirse a una información publicada en un medio de comunicación local, voceros de esta dependencia explicaron que la fabricación y comercio de las balas “dum dum” está prohibida en el Perú y a nivel mundial. "Vale decir que ni la Ley 30299 ni su reglamento autorizan el uso de estas balas".

Las balas “dum dum”, además de tener punta hueca, presentan la característica de tener un efecto fragmentario que le otorga una cualidad explosiva, añade la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec).

Los proyectiles de punta hueca y blanda que no tienen efecto fragmentario no son explosivos y por tanto no son “dum dum”.

Los voceros detallan que la Ley 30299 y su reglamento prohíben expresamente este tipo de municiones, en su artículo 25, acápite 26. “Está prohibida toda munición que incluya proyectiles con núcleo de acero, así como munición perforante de blindaje, trazadora, incendiaria o explosiva”.

Negaron que el artículo 25 del reglamento de Ley 30299 incorpore la autorización de este tipo de munición. "Solo regula un tema que ya estaba permitida en la misma ley. La autorización de balas de punta hueca fue incorporada al Proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo durante los debates realizados en la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la República". (Andina)

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