Ejecutivo prorroga por 30 días más la intervención de las Fuerzas Armadas en terminal de Mollendo en Arequipa. (Foto: GEC)
Ejecutivo prorroga por 30 días más la intervención de las Fuerzas Armadas en terminal de Mollendo en Arequipa. (Foto: GEC)

El Ejecutivo amplío por otros 30 días calendario la intervención de las Fuerzas Armadas para el apoyo a la Policía Nacional del Perú (PNP) para el mantenimiento del orden interno en las instalaciones del terminal de abastecimiento de hidrocarburos líquidos Mollendo, ubicado en el distrito de Mollendo, provincia de Islay, en la región de Arequipa.

La Resolución Suprema , publicada en el Diario oficial El Peruano, detalla que la actuación de las Fuerzas Armadas se dará en apoyo a la misión de la PNP y no significará su relevo. Se trata de sexta prórroga de intervención.

La medida se sustenta en el Informe N° 03-2020-IX-MACRO REGION POLICIAL AREQUIPA/SEC (Reservado), donde se señala de manera cronológica las acciones de protesta que se han venido realizando en la provincia de Islay hasta el 07 de febrero de 2020.

El documento indica que la situación de conflicto por el proyecto minero Tía María se mantiene activa, “existiendo riesgo latente de que en cualquier momento el grupo radical autodenominado ‘Espartambos’ reinicie sus acciones de protesta de manera violenta con bloqueos de vías e intentos de toma de instalaciones, lo que sobrepasaría la capacidad operativa de la PNP para el control y mantenimiento del orden interno, existiendo peligro de afectación, perturbación o destrucción de las instalaciones estratégicas antes mencionadas”.

Que, en consecuencia, resulta conveniente disponer la prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional para el mantenimiento del orden interno y seguridad en las instalaciones del Terminal de Abastecimiento de Hidrocarburos Líquidos Mollendo.

El dispositivo legal también añade que la actuación de las Fuerzas Armadas está orientada a “contribuir y garantizar la plena vigencia del derecho a la libertad y seguridad personales, a la libertad de tránsito por las vías y carreteras, el derecho a la paz, a la tranquilidad, el adecuado funcionamiento de los servicios públicos esenciales y resguardar puntos críticos vitales para el normal desarrollo de las actividades de la población afectada”.

Según el documento, la medida no implicará la suspensión, restricción o afectación de los derechos fundamentales de la población de la zona.

La intervención de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1095, que establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las FF. AA. en el territorio nacional.