Abimael Guzmán Reinoso estaba comprendido en el Caso Perseo. (Foto: Agencia Andina)
Abimael Guzmán Reinoso estaba comprendido en el Caso Perseo. (Foto: Agencia Andina)

La Cuarta Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior Nacional declaró extinguida la acción penal seguida contra el cabecilla de Sendero Luminoso, Abimael Guzmán, fallecido en setiembre de 2021, y dispuso el archivamiento de los actuados y demás mandatos emitidos.

La decisión se adoptó en el marco del juicio oral contra la cúpula de Sendero Luminoso y los dirigentes del Movimiento por la Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef), por el denominado Caso Perseo.

De otro lado, la sala dispuso que un médico legista, especialista en psiquiatría, evalúe e informe sobre la salud mental de Florindo Flores Hala, alias ‘camarada Artemio’, quien se negó a presentarse a la audiencia de juicio oral programada para hoy.

Del mismo modo, dicha instancia judicial declaró improcedentes una serie de recusaciones planteadas contra el tribunal, por los abogados de los acusados en este caso.

El colegiado consideró que los argumentos de las defensas técnicas están basados en “apreciaciones subjetivas”, por lo que no hay causales previstas en la norma para atender su petición.

Por ello, la presidenta de la sala, Celinda Segura, exhortó a los abogados a actuar de “buena fe, con probidad, veracidad” y no plantear solicitudes dilatorias y maliciosas durante el proceso.

Los imputados en este caso son Elena Iparraguirre Revoredo, María Pantoja Sánchez, Osmán Morote Barrionuevo, Margot Liendo Gil, Victoria Trujillo Agurto, Florindo Flores Hala, Alfredo Crespo Bragayrac, Fernando Olórtegui Crispín, Oswaldo Esquivel Caicho, entre otros.

La Cuarta Sala Penal de Apelaciones está presidida por la jueza superior Celinda Segura Salas e integrada además por sus colegas Mercedes Pareja Centeno y William Lugo Villafana.

La acusación fiscal atribuye al Movadef ser parte de Sendero Luminoso, haber actuado por órdenes de este, y recibir financiamiento de las actividades narcoterroristas de los remanentes de la organización.

Las penas privativas de la libertad solicitadas para los acusados por el Ministerio Público oscilan entre los 20 años y cadena perpetua. El pago de la reparación civil requerida es de 2 millones y medio de soles.