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El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente el recurso de hábeas corpus presentado por la defensa legal de Elena Iparraguirre para ser trasladada a la Base Naval del Callao, a fin de visitar a su esposo, el cabecilla de Sendero Luminoso, Abimael Guzmán.

El máximo organismo intérprete de la Constitución en el país adoptó esta decisión al establecer que los demandantes no pudieron pruebas de la supuesta decisión del entonces presidente del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), Carlos Romero, que prohíbe dicho encuentro.

Asimismo, el TC también consideró que Iparraguirre no aportó elemento alguno que sirva para fortalecer su posición o establecer su respuesta negativa a esta solicitud.

Iparraguirre y Guzmán solicitaban el cese de la violación del derecho a la vida familiar al sostener que ambos están en penales distintos en Lima y tienen la condición de cónyuges.

En ese sentido, cuestionan que a pesar de ello, el INPE les niegue el derecho al encuentro familiar entre ambos desde hace más de un año.

Cabe indicar que Abimael Guzmán y Elena Iparraguirre cumplen cadena perpetua por el delito de terrorismo.