La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso declaró improcedente la denuncia constitucional presentada contra la presidente de la República, Dina Boluarte, por las muertes que se dieron durante su gestión. FOTO: Hugo Pérez / @photo.gec
La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso declaró improcedente la denuncia constitucional presentada contra la presidente de la República, Dina Boluarte, por las muertes que se dieron durante su gestión. FOTO: Hugo Pérez / @photo.gec

Joseph Campos, abogado de Dina Boluarte, negó que la decisión de la subcomisión de Acusaciones Constitucionales de archivar la denuncia contra la mandataria sea un blindaje del Congreso.

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“Más que blindar sirve para establecer tranquilidad en momentos donde el informe de la CIDH ha sido leido de diversas maneras, una de ellas de manera incorrecta y desproporcionada. Creo que la comisión estableció una serie de puntos importantes que sirve para presentar una situación que va a determinar que las responsabilidades se van a determinar en sede interna en primer lugar y que confía en la institucionalidad democrática peruana”, expresó el abogado para RPP.

Subcomisión declara improcedente denuncia constitucional por muerte en protestas

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso declaró improcedente la denuncia constitucional presentada contra la presidente de la República, Dina Boluarte, por las muertes que se dieron durante su gestión tras las protestas que se dieron en diversas regiones del país. Fueron 11 votos a favor, cinco en contra y tres abstenciones,

Cabe destacar que esta denuncia fue presentada por los parlamentarios  de izquierda: Ruth Luque, Sigrid Bazán, Isabel Cortez,  Edgard Reymundo y Roberto Sánchez Palomino.

Además Boluarte, la denuncia también incluye al exministro de Defensa y actual presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, así como el expremier Pedro Ángulo y el extitular del Interior, César Cervantes.

En el informe de calificación se indicó que no existe evidencia de que los denunciados hayan tenido conocimiento o tengan actitud para los hechos que sucedieron durante las manifestaciones.

“No siendo suficiente la participación en la emisión de dispositivos de estados de emergencia para presumir o asumir una denuncia a nivel constitucional”, se indica.

Por ello, se consideró que la denuncia debe declararse improcedente. Además, indicaron que las declaraciones de los denunciados sobre el financiamiento de las protestas obedecen a una opinión que no debe ser sancionada, excepto que sea una exaltación a la violencia.

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