El Ex Presidente , Alberto Fujimori , saliendo de la Dioroes donde estaba Recluido. Foto/ Cesar Bueno  @photo.gec.
El Ex Presidente , Alberto Fujimori , saliendo de la Dioroes donde estaba Recluido. Foto/ Cesar Bueno @photo.gec.

La defensa legal del expresidente Alberto Fujimori apeló al fallo del juez constitucional Juan Torres Tasso que, el 30 de enero último, declaró improcedente la solicitud para excarcelar al exmandatario que cumple 25 años de prisión por los casos Barrios Altos y La Cantuta.

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Elio Riera, abogado de Fujimori, presentó el documento al despacho del juez Torres, a quien le pidió elevar el citado recurso a la sala superior constitucional correspondiente. Tras ello, dicho tribunal deberá conceder la apelación y convocar a una audiencia con presencia de las partes.

Así lo confirmó el abogado Elio Riera en diálogo con Correo: “El Juzgado (de primera instancia) reconoce implícitamente la afectación constitucional. Por tal motivo, acudiré a la Sala Constitucional con la finalidad de ganar el caso. Vamos por buen camino para lograr la excarcelación del señor expresidente Alberto Fujimori”.

Entre los argumentos expuestos por la defensa del expresidente, Riera cuestiona las sentencias que, en primera y segunda instancia de la Corte Suprema, hallaron responsable penal a Alberto Fujimori en los casos Barrios Altos y La Cantuta así como el secuestro al periodista Gustavo Gorriti y el empresario Samuel Dyer.

“Es claro que la forma en que se confeccionó la condena contra el ex Presidente da cuenta de la infracción deliberada del principio de imputación necesaria, del principio de interdicción de la arbitrariedad y del derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales. Así, ante la ausencia de hechos y pruebas que vinculen al ex Presidente como responsable penal de los delitos imputados se echó mano de una teoría ad hoc”, se lee en el documento de apelación.

El 7 de abril del 2009, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema condenó a Alberto Fujimori por los delitos de homicidio calificado y lesiones graves así como secuestro agravado. Luego, el 30 de diciembre del 2009, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema confirmó dicha sentencia.