La Sala Penal Especial de la Corte Suprema sentenció a Aníbal Torres a 6 años y 6 meses de prisión por el delito de conspiración para la rebelión. La resolución también contempla su inhabilitación para ejercer cargos públicos.
“Condenar a Aníbal Torres Vásquez como coautor del delito contra los poderes del Estado y el orden constitucional en la modalidad de conspiración para una rebelión […] y como tal se le impone al sentenciado 6 años y 6 meses de pena privativa de libertad de carácter efectivo”, se indicó.
Asimismo, se impuso a Torres un año de inhabilitación “por las incapacidades previstas […] consistentes en la privación de la función, cargo o comisión que ejercía el condenado aunque provenga de elección popular, incapacidad para obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público”.
También se indicó que la pena deberá cumplirse en modalidad de prisión efectiva, por lo que se ordenó su inmediata ejecución. En cuanto a su situación procesal, el tribunal precisó que, dado que Torres asistió a las audiencias y no representa riesgo de fuga, si presenta una apelación, la ejecución de la pena quedará suspendida de manera provisional hasta que dicho recurso sea resuelto.
De acuerdo con lo expuesto por el colegiado en la audiencia pública, quedó acreditado que las propuestas de Aníbal Torres fueron integradas en el mensaje a la Nación, lo que demuestra su “coparticipación” en su elaboración. También, el tribunal consideró probado que, después de la lectura del mensaje, Torres y Betssy Chávez se abrazaron, gesto que fue interpretado como un “abrazo que permite concluir la anuencia al contenido del mensaje a la Nación”.
El juzgado dispuso que Pedro Castillo, Betssy Chávez, Aníbal Torres y Willy Huerta asuman, de manera solidaria, una reparación civil ascendente a S/12 millones.
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