Audios sin autorización judicial pueden poner investigación en riesgo
Audios sin autorización judicial pueden poner investigación en riesgo

Pocos podrían poner en duda la contundencia legal en el caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”. Sin embargo, este corre el riesgo de tambalear en el Poder Judicial (PJ) si es que el Ministerio Público (MP) no aclara a la brevedad la legalidad, de parte de los audios, de conversaciones telefónicas que comprometen a autoridades del sistema judicial, las que se grabaron antes de que exista la respectiva autorización.

determinó que por lo menos 12 llamadas que protagoniza el suspendido vocal supremo César Hinostroza Pariachi se interceptaron antes de que el juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria del Callao, Cerapio Roque Huamancóndor, las permitiera a partir del 31 de enero y por un periodo de 60 días, mediante una resolución.

Sobre el tema, especialistas consultados por este diario aseguraron que la investigación del Ministerio Público corre el riesgo de estancarse, de que se excluyan parte de las escuchas o, en un caso extremo, de que la investigación respectiva se desestime.

EFECTOS ADVERSOS

El exprocurador anticorrupción Christian Salas, por ejemplo, explicó que “toda interceptación telefónica requiere de una autorización judicial”, a fin de que los elementos que recoja sean considerados sin problema dentro de la investigación en curso. De no existir una disposición de tal tipo -precisó- las grabaciones “no podrían ser incorporadas en la investigación del Ministerio Público”.

“Si la orden es de determinada fecha, desde ese día, en adelante, las intervenciones son válidas. Lo que ocurrió atrás no tiene valor legal para el proceso”, dijo a este diario.

Agregó que si se insiste en incluir los audios anteriores al necesario permiso, se podría terminar por afectar la hipótesis de trabajo de la Fiscalía en el proceso.

En esa línea, advirtió que los audios “preautorización” podrían ser utilizados por la defensa técnica de Hinostroza Pariachi para pedir la exclusión de dichos elementos de la pesquisa, mediante la presentación de un recurso de tutela de derechos.

“Si es que se da cuenta que los audios que obran en el proceso datan de fechas anteriores a la orden, obviamente esos audios han sido indebidamente incorporados. La defensa seguramente, como ocurre en estos casos, va a plantear un mecanismo que se llama tutela de derechos para excluir los audios de la investigación”, indicó.

Bajo este escenario, Salas sostuvo que la Fiscalía podría oponerse a la tutela de derechos y “tratar de justificar que esos audios sí fueron obtenidos con una orden judicial” o que fueron producto de la interceptación de otro número para el cual sí habría autorización judicial.

Para ello, el exprocurador precisó que el Ministerio Público debería argumentar que las interceptaciones, que datan del 2017 hasta fines de enero de este año, se registraron tras la interceptación de un primer celular que tuvo comunicación con un segundo equipo móvil, de propiedad de , para quien luego se solicitó un permiso.

Este mecanismo, señaló Salas, se toma en consideración para los casos de organizaciones criminales.

“En ese periodo de tiempo se puede haber captado una comunicación entre el teléfono uno y el teléfono dos. Si en el transcurso de ese tiempo, el fiscal considera que la persona que maneja el teléfono dos también estaría implicada en el caso, y solicita al juez una autorización para interceptar este segundo equipo, entonces, a partir de allí, se va a intervenir ahora el teléfono dos”, explicó.

En la misma línea, el exfiscal de la Nación José Peláez Bardales opinó que, sin duda alguna, la defensa técnica de César Hinostroza buscará anular los audios grabados antes del 31 de diciembre, como prueba en su contra.

Por ello, resaltó que será importante la manera en la que el Ministerio Público concatenará las escuchas, para argüir que las anteriores al permiso de interceptar al suspendido juez supremo se captaron en virtud del seguimiento a otro de los involucrados.

El exfiscal supremo añadió que si bien no cree que por este motivo el caso se desestime, no se podría desechar del todo, pero insistió que todo depende del accionar y de los fundamentos de la Fiscalía.

ORIGEN

El origen de los polémicos audios que comprometen a autoridades del sistema judicial se remontan a diciembre del 2015, cuando el gobierno de Ollanta Humala declaró en estado de emergencia el Callao, a raíz de una ola de crímenes por sicariato.

En ese entonces, la Policía Nacional del Perú (PNP) estableció un grupo especial que, a través de interceptaciones telefónicas, identificara a las principales mafias de narcotraficantes en el Primer Puerto, entre ellas, la organización criminal liderada por Gerson Gálvez Calle, alias “Caracol”.

Conforme pasaron los meses, la investigación permitió hallar a miembros de la banda de “Caracol” y agrupaciones rivales en el Callao. Sin embargo, la División de Investigación de Homicidios de la Dirincri y la Fiscalía de Crimen Organizado solicitó -en julio del 2017- una nueva autorización de escuchas telefónicas para identificar a una nueva organización denominada “Los Castañuelas de Rich Port”.

El PJ aprobó la medida y el Grupo Constelación de la Dirección Antidrogas (Dirandro) de la PNP continuó con las interceptaciones. En diciembre del año pasado, la Dirincri recibió los primeros resultados de las escuchas, que ponían al descubierto a jueces y abogados implicados en el delito de tráfico de influencias, organización que fue denominada “Los Cuellos Blancos del Puerto” ante la Fiscalía de Crimen Organizado.

EN ESPERA

Este diario buscó un pronunciamiento del Ministerio Público y la Corte Superior de Justicia (CSJ) del Callao, sobre los cuestionamientos acerca de la legalidad de los audios registrados antes del 31 de enero.

Sin embargo, al cierre de esta edición, ninguna de las dos instituciones respondió a nuestras consultas.

A través de un comunicado, el pasado 12 de julio, el juez Roque Huamancóndor manifestó que su despacho, en un primer momento, emitió medidas restrictivas sobre personajes vinculados a investigaciones de la presunta organización criminal “Las Castañuelas de Rich Port”. Tras ello, agregó, como consecuencia de estas primeras interceptaciones telefónicas, que la Fiscalía solicitó sucesivamente la aplicación de dicha medida -posteriormente aprobada- sobre números telefónicos “mediante los cuales se estaría realizando coordinaciones entre el brazo legal de la citada organización criminal y miembros del sistema judicial”.