(Foto: Archivo El Comercio)
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El Poder Judicial rechazó el recurso de excepción presentado por Zenovia Herrera, exjefa del programa Qali Warma en San Martín, confirmando que Nicanor Boluarte Zegarra, hermano de la presidenta Dina Boluarte, y los demás integrantes de la presunta organización criminal “Los Waykis en la Sombra” seguirán siendo procesados por el delito de crimen organizado.

La resolución judicial mantiene vigentes las imputaciones en el marco de la Ley 32138, aprobada por el Congreso en octubre de 2024.

Según las investigaciones, Nicanor Boluarte habría liderado esta red, ejerciendo control sobre funcionarios públicos y particulares para influir en el nombramiento de subprefectos y prefectos en regiones como Lima, Apurímac, Puno, Junín, Ica, Cusco, San Martín y Cajamarca.

Entre los implicados figura Jorge Luis Ortiz Marreros, exdirector general de Gobierno del Interior, encargado de dichas designaciones.

La defensa de Herrera solicitó el archivo del delito de organización criminal, argumentando que debía aplicarse la Ley 32108, que establece una pena mínima de seis años, en lugar de la Ley 32138, que fija cinco años como mínimo.

Asimismo, pidió descartar el delito de tráfico de influencias, alegando que Boluarte no era funcionario público y que los nombramientos seguían un procedimiento administrativo.

Sin embargo, el Ministerio Público rechazó estos argumentos, señalando que la Quinta Sala de Apelaciones ya había determinado la aplicación de la Ley 32138.

La fiscalía sostuvo que el delito de cohecho pasivo propio (con pena mínima de cinco años) cumple con los requisitos para configurar crimen organizado. Además, precisó que Ortiz Marreros, como funcionario público, era el presunto receptor de las influencias ilegales.

La Procuraduría Anticorrupción respaldó la posición fiscal, subrayando que la estructura criminal buscaba cometer delitos con penas superiores a cinco años, como el cohecho.

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