La Comisión Permanente del Congreso aprobó el informe final que recomienda acusar constitucionalmente al expresidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos Salinas; así como su inhabilitación por cinco años para el ejercicio de la función pública.
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La medida aprobada por 19 votos a favor, tres en contra y una abstención, se sustenta en la presunta infracción del artículo 134 de la Constitución Política del Perú, al refrendar el Decreto Supremo 165-2019-PCM, el cual justificó la disolución del Congreso bajo una interpretación de la cuestión de confianza.
La primera vicepresidenta del Congreso, Patricia Juárez, informó que, a la fecha Vicente Zeballos, no ha presentado ningún documento que justificara su ausencia en la sesión.
“En estricta aplicación del artículo 89, literal k) del Reglamento del Congreso, la Mesa Directiva califica su inasistencia como injustificada, por lo que el trámite de la acusación constitucional continuará sin su participación”, indicó.
El informe final sostiene que la suspensión del procedimiento de elección de magistrados del Tribunal Constitucional no podía ser materia de cuestión de confianza, ya que no se trataba de un proyecto de ley. En ese sentido, Zeballos no tenía base legal para interpretar que la elección de un magistrado equivalía a la negación de la confianza al Ejecutivo.
El documento también subraya que el Decreto Supremo 165-2019-PCM no fue aprobado en Consejo de Ministros, lo que invalidaría el argumento de una “negación fáctica” de la confianza como sustento para disolver el Congreso.
El artículo 128 de la Constitución establece que los ministros son responsables tanto de sus propios actos como de aquellos del presidente que refrenden.
El informe concluye que el expremier violó el principio de separación de poderes al respaldar un decreto que cerró el Congreso sin el debido sustento constitucional.
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