Moisés Gonzáles Cruz también fue inhabilitado por cuatro años para ejercer cargos públicos. (Foto: Facebook)
Moisés Gonzáles Cruz también fue inhabilitado por cuatro años para ejercer cargos públicos. (Foto: Facebook)

El Poder Judicial de Lambayeque dictó cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por un período de prueba de tres años para el congresista Moisés González Cruz (Alianza para el Progreso) por el delito de colusión.

En adelanto de fallo, González Cruz, cuya lectura de sentencia será el 19 de enero, fue inhabilitado por cuatro años para ejercer cargos públicos, así como a la incapacidad o impedimento para obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público.

Durante el juicio, el fiscal adjunto provincial Javier Idrogo Rodríguez acreditó que el acusado concertó con sus coacusados, exfuncionarios actualmente condenados, para defraudar a la municipalidad de Querocotillo, de la que fue alcalde.

El representante del Ministerio Público comprobó que en el año 2013 se convocó al proceso de Adjudicación Directa Selectiva 1-2013-CEP/MDQ, para contratar la ejecución de la obra “Construcción de Trocha Carrozable Santa Rosa-Barbas y Ramal-Tayme Ñule, Mejoramiento del Tramo Santa Rosa-Pati Pampa, Querocotillo-Cutervo”, y para ello se utilizó un expediente técnico de otra obra.

Asimismo, las bases administrativas exigían requisitos demasiados específicos y no acordes con la naturaleza de la obra, como era la participación de un gerente de obras, la exigencia de una carrera técnica inexistente, como técnico en construcción y topografía, entre otros.

Además, se admitió la participación del Consorcio Tayme, en calidad de micro y pequeña empresa, cuando no le correspondía, porque a la fecha de presentación de las propuestas no se encontraba acreditado como tal.

También se otorgó la buena pro de la obra al Consorcio Tayme, pese a que una de las empresas que lo integraba, como era Chocoypico SRL, tenía como socio al acusado Juan Mesías Saavedra Salazar, quien estaba impedido de contratar con el Estado, porque tenía el cargo de teniente alcalde de Querocotillo.

Asimismo, para la firma del contrato de obra se exoneró al Consorcio Tayme de la presentación de la Garantía de Fiel Cumplimiento y no se le exigió la presentación del calendario de avance de obra valorizado, y el calendario de adquisición de materiales.

Igualmente, el acusado Elvis Cubas Pérez, en calidad de representante del Consorcio Tayme, presentó documentos falsos en su propuesta técnica, como certificados de experiencia laboral y títulos de carreras técnicas, e incorporó profesionales que nunca presentaron su consentimiento para participar en el proceso de selección.

Es preciso señalar que anteriormente fueron sentenciados Miguel Pereyra Rojas, Rolando Durand De la Cruz y Luis Díaz Rojas, a tres años con cinco meses de pena privativa suspendida por el período de prueba de dos años.

Asimismo, Elvis Cubas Pérez y Juan Saavedra Salazar fueron condenados a dos años con seis meses y 25 días, en tanto que Wilmer Fernández Cubas fue sentenciado a cuatro años de prisión convertida a 206 jornadas de servicios comunitarios.