Pasaporte peruano. (Foto: Andina)
Pasaporte peruano. (Foto: Andina)

El pleno del Congreso de la República aprobó la iniciativa legislativa que modifica la denominación de dos documentos de viaje emitidos por el Estado peruano. La norma dispone que el pasaporte especial pase a llamarse pasaporte oficial y que el salvoconducto sea reemplazado por pasaporte de emergencia.

Según la propuesta, el cambio busca armonizar la terminología nacional con estándares internacionales.

El congresista Jorge Zeballos, de Renovación Popular y autor del proyecto, explicó que la medida actualiza la nomenclatura de los documentos en cuestión. En ese sentido, precisó que el pasaporte oficial será el documento otorgado a funcionarios públicos en el marco de misiones oficiales.

De igual forma, el pasaporte de emergencia reemplazará al salvoconducto, que es el documento excepcional que permite el retorno de ciudadanos peruanos al país, incluidos menores de edad no inscritos en el registro civil.

Zeballos sostuvo que esta modificación facilitará la labor de las autoridades migratorias extranjeras, al reconocer e identificar con mayor claridad los documentos expedidos por el Estado peruano.

Por su parte, el vicepresidente de la Comisión de Defensa, Héctor Ventura, de Fuerza Popular, indicó que la norma no altera el contenido ni los efectos de los documentos. “Pero mejora su compresión y su uso se ajusta a al reconocimiento internacional”, manifestó.

Ventura agregó que la expresión “salvoconducto” ha generado confusión en algunos procedimientos migratorios, debido a que en otros países se relaciona con situaciones políticas o jurídicas distintas.

“La terminología vigente, especialmente la palabra salvoconducto, ha generado en casos confusión en procedimientos migratorios ya que en otros países se vincula a cuestiones o situaciones políticas o jurídicas distintas a la que contempla nuestra legislación”, señaló.

En esa línea, ratificó que la finalidad es armonizar el marco normativo con las prácticas internacionales, de manera que se facilite la interlocución con otros estados.

Con la nueva disposición aprobada, el Estado peruano queda facultado para expedir los siguientes tipos de pasaporte: ordinario, oficial, diplomático, de emergencia y otros que se determinen por instrumentos internacionales.

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