(Foto: Fernando Sangama / @photo.gec)
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El Pleno del Congreso aprobó este martes, en una segunda votación, la Resolución Legislativa 11306, que incorpora el artículo 25-A al Reglamento del Congreso de la República. La iniciativa habilita a los parlamentarios a expresar posturas políticas e ideológicas en pleno proceso electoral, así como a realizar proselitismo durante las semanas de representación.

La norma fue respaldada por mayoría, pese a las críticas de diversos sectores que cuestionan la medida por abrir la puerta a un uso político de las funciones parlamentarias en periodos de campaña.

Al tratarse de una modificación reglamentaria, la resolución requería como mínimo 65 votos a favor, cifra que esta vez logró superar.

Cabe recordar que en la primera votación, realizada el pasado 14 de agosto, el texto no alcanzó el respaldo necesario: solo 55 legisladores se pronunciaron a favor, mientras que 18 votaron en contra y 4 se abstuvieron.

Ante ese resultado, el congresista de Perú Libre, Segundo Montalvo, presentó un recurso de reconsideración que permitió volver a someter el dictamen a debate y, finalmente, a aprobación.

Alcances del nuevo artículo 25-A

El texto sustitutorio establece la incorporación del artículo 25-A al Reglamento del Congreso con el propósito de garantizar que los legisladores puedan ejercer plenamente sus derechos políticos.

“Los parlamentarios en ejercicio de sus funciones pueden expresar, defender y promover posiciones ideológicas, programáticas y partidarias, sin que ello constituya infracción al deber de imparcialidad o de neutralidad”, señala la disposición aprobada.

Asimismo, se aclara que esta facultad tiene ciertas restricciones vinculadas a las labores parlamentarias. La norma puntualiza que la autorización “no los habilita para que realicen actividades de proselitismo político en horarios en los que se desarrollen las sesiones de comisiones en las que son miembros o del Pleno del Congreso, salvo que se solicite la respectiva licencia sin goce de haber”.

Con esta modificación, los legisladores quedan formalmente autorizados a desarrollar actividades políticas y partidarias en periodos de representación, manteniendo como única condición no interferir con el cumplimiento de sus responsabilidades dentro de las sesiones oficiales.

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