La bancada de Renovación Popular presentó este viernes 13 de diciembre un proyecto de ley para restituir la figura de detención preliminar en caso de que no exista flagrancia delictiva.
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Se trata de propuesta legislativa N° 9764/2024-CR que busca modificar el numeral 1 del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, respecto a la detención preliminar judicial en casos de no flagrancia delictiva.
La iniciativa incorpora el texto que señala que “no se presente un supuesto de flagrancia delictiva, pero existan elementos razonables para considerar que una persona ha cometido un delito sancionado con pena privativa de libertad superior a 4 años y, por las consecuencias del caso, pueda desprenderse cierta responsabilidad de fuga u obstaculización de la averiguación de la verdad”.
“Es importante corregir los errores. No es toda la ley la que está mal; en esta ley se protege a los policías que hacen uso reglamentario de su arma de fuego. Sin embargo, hubo una disposición complementaria que, al parecer, no se tomó en cuenta en el momento en que se votaba, y por esa razón estamos pidiendo al presidente del Congreso para que se coloque este proyecto”, dijo el congresista Alejandro Muñante, de Renovación Popular.
“Hay un proyecto de la congresista Ruth Luque que se ha exonerado de dictamen a través de un acta virtual, y nosotros ahí hemos presentado otro proyecto de ley a efecto de poder acumularlo y salga un solo dictamen donde se reincorpore esta figura, pero con una mejora importante. En vez que diga razones plausibles, diga elementos razonables”, precisó.
Como se sabe, el vocero del Ministerio Público (MP), Víctor Cubas, cuestionó la promulgación de la Ley 32181, que reforma el nuevo Código Procesal Penal y deroga la detención preliminar en casos donde no exista flagrancia; y señaló que la medida permitiría que la norma no tenga efecto inmediato mientras se evalúan sus implicancias en la lucha contra la delincuencia.
Asimismo, el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, mostró su preocupación por la ley que elimina la detención preliminar sin flagrancia, y aseguró que se rectificará la norma, pues consideró que limitará la acción de la justicia frente la delincuencia.
Presidente del PJ
El presidente del Poder Judicial (PJ), Javier Arévalo, dijo que la recientemente promulgada Ley 32181 que reforma el nuevo Código Procesal Penal y deroga la detención preliminar en casos donde no exista flagrancia, “puede ser inaplicada”.
Así. el titular del PJ sostuvo que los jueces tienen la facultad de inaplicar normas que consideren contrarias a la Constitución Política del Perú, ya que su rol es precisamente velar por la protección de los derechos fundamentales.
Javier Arévalo refirió sin embargo, que dicha facultad debe ejercerse con responsabilidad y en línea con los principios constitucionales, garantizando que las leyes sean aplicadas de manera justa y equilibrada.
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