(Foto: GEC)
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La congresista Digna Calle (Podemos Perú) presentó un proyecto de ley que busca derogar el derecho a la defensa y asesoría legal a los servidores públicos. De esta manera el Estado no pagará a los abogados que defiendan a los funcionarios acusados de presuntos actos de corrupción, tal como sucedió con el exministro de Salud, Jorge López, acusado del presunto delito de enriquecimiento ilícito.

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“Existen situaciones, como, por ejemplo, el otorgamiento del derecho a la asistencia y defensa legal de los funcionarios públicos civiles que se ven inmiscuidos en procesos civiles, penales y administrativos que es financiado con cargo al presupuesto de la entidad, el cual, no es desplegado en las mismas condiciones para el personal policial y el resto de la población, en ese sentido, surge la interrogante: ¿Es razonable y ponderado que al personal civil pueda tener el mismo beneficio de la asistencia legal por encima de los policías y en ventaja respecto del resto de la población”, se alega en la exposición de motivos.

En esa línea, se indica que dicha discriminación, contradice lo preceptuado en el numeral 14 del artículo 139° de la Constitución Política del Perú, ya que no le permite al resto de la población el ser defendido por el abogado de su elección en condiciones similares que poseen los funcionarios de la administración pública.

“Por ejemplo, el Ministerio de Salud, a través de la Resolución Secretarial N.° 219-2022-MINSA de fecha 03 de noviembre de 20227, dispuso conceder el derecho a la asistencia legal del ex ministro de salud, señor Jorge Antonio López Peña ante las investigaciones que le viene siguiendo el Ministerio Público como consecuencia de la presunta comisión en calidad de autor del delito de enriquecimiento ilícito previsto y sancionado en el artículo 401 del Código Penal, por haber requerido depósitos a través del ‘pitufeo’ “, se destaca.

Según la iniciativa, así como el citado caso, la administración pública viene otorgando “sin escrúpulo alguno” un derecho inmerecido a servidores públicos que, a pesar de causar daños al Estado, se le financie su defensa con el recurso de los contribuyentes.

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“Los servidores civiles que cuentan con recursos económicos se encentran en la capacidad de cubrir el pago de la asistencia privada y de estar en situación de vulnerabilidad, pueden requerir el servicio prestado por el Estado Peruano que se encuentran ajustados al artículo 8 de la Convención Americana de los Derechos Humanos como lo es el prestado por la Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Con el ahorro de este tipo de gasto público, el Estado Peruano lo podría reorientar para el cierre de brechas”, se indica en el proyecto de ley.

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