Entérate cómo reclamar la pensión de alimentos (Foto: Pixavay)
Entérate cómo reclamar la pensión de alimentos (Foto: Pixavay)

El congresista Américo Gonza (Perú Libre) presentó un proyecto de ley que establece la prisión preventiva para caso de omisión a la asistencia familiar, entre ellas, no pagar la . La iniciativa plantea la incorporación del artículo 268-A en el Código Procesal Penal.

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“Para el caso de los delitos de omisión a la asistencia familiar se exceptúa los requisitos señalados en el anterior artículo, por lo tanto, el Juez penal deberá dictar mandato de prisión preventiva contra el obligado con la sola verificación de las copias certificadas remitidas por el Juzgado que conoció la demanda de alimentos. Este mandato solo podrá ser revocado cuando el procesado cumpla con pagar íntegramente la deuda alimentaria que motivaron la prisión preventiva”, se indica la propuesta.

En la exposición de motivos, indica que se busca fomentar una paternidad responsable, a fin de que los padres cumplan con su obligación alimentaría a favor de sus hijos y por el desarrollo integral del niño.

“A fin de evitar el abandono moral y material, que puede más tarde conllevar a un desenlace fatal en el niño como es cometer pandillaje pernicioso, prostitución infantil, entre otros, es por ello que este proyecto busca modificar el artículo 268°- Decreto Legislativo N° 957 del Código Procesal Penal que bajo el título de prisión preventiva”, se acota.

En otra parte explica que, pese a que pueda existir una resolución firme donde se dispone el pago de la muchos no lo hacen y, posterior a ello, se “emite la liquidación teniendo otro momento para cumplir con el pago total de los devengados que tampoco lo hace.

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“Según la norma en la actualidad los jueces en esta etapa están obligados a remitir copias de los actuados a la fiscalía a fin de que proceda confirme a sus atribuciones, y son estos quienes en uso de sus facultades apertura investigación preliminar, debiendo incluso obviarse este parte dado a la comisión inminente del delito de omisión a la asistencia familiar”, se alega.

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