Nelson Shack fue denunciado constitucionalmente por la ahora exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos. (Foto: César Campos/@photo.gec)
Nelson Shack fue denunciado constitucionalmente por la ahora exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos. (Foto: César Campos/@photo.gec)

La exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos presentó una denuncia constitucional ante el Congreso contra el contralor general de la República, Nelson Shack, poco antes de dejar el cargo, el pasado 30 de marzo.

Según el documento, Shack Yalta habría incurrido en el presunto delito de nombramiento ilegal por haber nombrado a Jackelin del Pilar Mellado Alania y Roy Cristian Vera Chung como gerentes regionales de Control de la Contraloría en Moquegua e Ica, respectivamente, a pesar de no contar con los requisitos legales exigidos.

Refiere que Mellado Alania no tenía experiencia en control, contando únicamente con seis meses y tres días de experiencia profesional, y no tenía ninguna de las cinco carreras profesionales requeridas para el puesto (es licenciada en Comunicación Social).

Lo mismo ocurre con Vera Chung, que tampoco cuenta con experiencia en control, tal como lo estipula la ley. Ambos, además de Nelson Shack, brindaron sus declaraciones indagativas.

Para Ávalos Rivera, ambos casos constituyen delito de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, sancionable con pena privativa de la libertad no menor de 4 ni mayor de 6 años e inhabilitación.

“En la presente investigación existen indicios para señalar que el investigado Nelson Eduardo Shack Yalya, Contralor General de la República, se interesó indebidamente a fin de lograr la designación de los señores Jackelin del Pilar Mellado y Roy Vera Chung como Gerentes Regionales de Control, a pesar que estos no cumplían con la descripción y perfil del puesto”, detalla la acusación.

Del mismo modo, a Shack también se le atribuye el presunto delito de nombramiento indebido de cargo público, sancionable con 60 a 120 días-multa.

Cabe indicar que la denuncia fue remitida a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso, a fin de que se proceda con su calificación, conforme lo establece el reglamento de ese poder del Estado.

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